3. Otras disposiciones. . (2023/247-44)
Resolución Rectoral de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2024.
50 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 19494/6

DETALLE EXPLICATIVO DEL ESTADO DE INGRESOS
1. OPERACIONES CORRIENTES
El Presupuesto de Ingresos de la Universidad Internacional de Andalucía para el
ejercicio 2024, clasifica en sus capítulos 3 al 5 los ingresos por operaciones corrientes.
El montante de los ingresos por operaciones corrientes para el ejercicio 2024 es de
17.227.196,33 euros, lo que supone el 100,00% del total de los ingresos inicialmente
presupuestados.
CAPÍTULO 3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS.
Este capítulo recoge el importe de tasas, precios públicos y otros ingresos recibidos
por la Universidad como contraprestación de sus servicios y actividades, y refleja unas
previsiones de 2.389.323,07 euros, el 13,87% del total.
Dentro de este capítulo debemos distinguir tres grandes partidas:
- Ingresos por servicios académicos y administrativos de enseñanzas regladas, donde
las previsiones iniciales ascienden a 659.910,07 euros, que representan el 27,62% del
total del capítulo.
- Ingresos por estudios de posgrado propios, en las que las previsiones iniciales
recogidas en el presupuesto para 2024 ascienden a 589.503,00 euros, lo que supone
el 24,67% del capítulo.
- Ingresos por estudios de extensión universitaria, cuyas previsiones iniciales alcanzan
a 575.710,00 euros, que equivalen al 24,10% del capítulo 3 del estado de ingresos.
Artículo 30. Tasas.

101.185,07 euros.

Tributos exigidos por la Universidad que se satisfagan por la prestación de servicios y
actividades realizadas por la misma, que tengan la consideración legal de tasas, y se
determinen mediante Decreto del Consejo de Gobierno, conforme a la disposición
adicional única de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Concepto 303. Tasas académicas

101.185,07 €

Ingresos de las tasas académicas exigidas por la Universidad como contraprestación
de sus servicios y actividades.
Artículo 31. Precios públicos.

558.725,00 euros.

• En los estudios de másteres que habiliten para el ejercicio de actividades
profesionales reguladas en España, los precios públicos cubrirán entre el 15% y el
25% de los costes en primera matrícula, entre el 30% y 40% de los costes en segunda

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294714

Contraprestaciones pecuniarias que a título de precio público se satisfagan por la
prestación de servicios académicos, y se determinen mediante Decreto de Consejo de
Gobierno de la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establece la
Conferencia General de Política Universitaria, que estarán directamente relacionados
con los costes de prestación del servicio en los siguientes términos: