3. Otras disposiciones. . (2023/247-44)
Resolución Rectoral de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2024.
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BOJA
Artículo 31.

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 19494/30

Ordenación del pago.

1. Es el acto por el cual se acuerda que se hagan efectivos los créditos
comprometidos.
2. Previamente a la expedición de la ordenación de pago habrá de acreditarse la
prestación del servicio o el derecho del acreedor.
3. El órgano competente es el Rector, sin perjuicio de la delegación de competencias
que se estime.
Artículo 32.

Ejecución material del pago.

1. Con la excepción de los pagos de retribuciones, los pagos a justificar y aquellos en
los que exista una pluralidad de perceptores, las órdenes de pago se expedirán a
favor del acreedor directo.
2. La ejecución del pago se realizará mediante
excepcionalmente, se utilizará el cheque nominativo.

transferencia bancaria

y,

3. La ejecución del pago a través de pagos a justificar o anticipos de caja fija, se
regirán por su regulación específica, definida en el artículo siguiente.
4. Los perceptores deberán acreditar su personalidad o la representación que
ostenten y firmar el correspondiente recibí, excepto en las transferencias en que el
pago material se acreditará con el justificante bancario.
Artículo 33.

Anticipos de caja fija.

1. En el ejercicio 2024 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
- Sede Santa María de La Rábida
- Sede Antonio Machado de Baeza
- Sede Tecnológica de Málaga
- Sede Sevilla Rectorado
2. A fin de agilizar el proceso de pago y adecuar el mismo a las necesidades de la
estructura organizativa, la Gerencia podrá acordar la puesta en marcha de nuevas
Cajas Habilitadas o modificar las existentes.

4. A través de las Cajas Habilitadas se podrá hacer frente al pago de gastos menores
y otros previamente autorizados por la Gerencia, según lo establecido en la
Instrucción vigente sobre las normas de gestión de los contratos menores.
5. Para el año 2024 el importe máximo de estos anticipos será de 60.000 euros,
respetando el límite del 7% de los créditos vigentes del Capítulo II.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294714

3. La condición de cajero pagador la ostentará el/la Director/a de Sede o persona que
designe el Rector, y en el caso del Rectorado, la persona que ocupe la Gerencia o
persona en quien delegue.