3. Otras disposiciones. . (2023/247-44)
Resolución Rectoral de 22 de diciembre de 2023, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2024.
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BOJA




Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 19494/10

Todo tipo de retribuciones e indemnizaciones a satisfacer por la Universidad a
todo su personal por razón del trabajo realizado por éste. No se incluyen en este apartado las indemnizaciones por razón del servicio.
Cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social y a las entidades gestoras del
sistema de previsión social de su personal.
Gastos de naturaleza social realizados por la Universidad con destino a su personal.

ARTÍCULO 11. Personal eventual.

199.144,75 euros

Retribuciones básicas y otras remuneraciones, excepto las correspondientes a incentivos al rendimiento del personal eventual. Se incluirán las retribuciones que corresponden al personal que, con dicho carácter, se incluya en la relación de puestos de trabajo. Se incluye además la retribución de la persona que ocupa la Gerencia como Cargo
de Gestión de esta Universidad.
Concepto 110. Retribuciones básicas y otras remuneraciones

199.144,75 €

Con cargo a este concepto se pagará la totalidad de las retribuciones que correspondan a este personal según la normativa vigente, excepto los trienios, y las correspondientes a incentivos al rendimiento.
Artículo 12. Funcionarios

4.022.800,54 euros

Se imputarán a este artículo los siguientes conceptos retributivos del personal funcionario, tanto del Personal Docente e Investigador como del Personal de Administración
y Servicios:
• Retribuciones básicas
• Retribuciones complementarias
• Retribuciones en especie. En ningún caso se atenderá al pago de incentivos al
rendimiento con cargo a este artículo.
Concepto 120. Retribuciones básicas
1.769.525,78 €
Este concepto presupuestario comprende sueldo, trienios y pagas extraordinarias correspondientes al personal funcionario.
Concepto 121. Retribuciones complementarias

2.253.274,76 €

Créditos destinados a satisfacer el complemento de destino, complemento específico y
otras retribuciones que tengan el carácter de complementarias.
Artículo 13. Laborales.

830.673,36 euros.

Retribuciones básicas, complementarias o en especie, así como las indemnizaciones a
satisfacer al personal laboral de la Universidad en virtud de los convenios colectivos o
normas laborales que les sean de aplicación.
607.408,80 €

Retribuciones básicas que deban satisfacerse al personal laboral fijo.
Concepto 131. Otras remuneraciones personal laboral fijo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

223.264,56 €

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294714

Concepto 130. Retribuciones básicas personal laboral fijo