Autoridades y personal. . (2023/247-19)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo, intermedio de Jefe/a de Sección Facultativo de Urología en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 19472/5

efecto «Notificaciones de la vec del SAS», siendo responsabilidad exclusiva de la persona
aspirante tanto los errores en la consignación como en el mantenimiento de los datos
personales y del correo asociados al Buzón Electrónico de dicha dirección electrónica
habilitada para la práctica de las notificaciones electrónicas.
Adicionalmente el órgano convocante enviará un aviso al dispositivo electrónico y/o a la
dirección de correo electrónico que la persona interesada haya comunicado, informándole
de la puesta a disposición de una notificación en la dirección electrónica habilitada.
El correo electrónico que hayan hecho constar en la solicitud se considerará el
único válido para la recepción de los avisos a que se refiere el párrafo anterior, siendo
responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignación de
este como la falta de comunicación de cualquier cambio.
3.6. Las personas aspirantes que figuren en situación de activo en el Sistema
de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud (GERHONTE), o en los
distintos Sistema de Información de Personal de las Agencias Públicas empresariales,
se acreditarán de oficio en la VEC, no siendo necesario, en este caso, presentar la
certificación prevista en el apartado 3.2.3.
3.7. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días
hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la presente resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

5. Proceso Selectivo.
5.1. La provisión del puesto convocado se llevará a cabo por el sistema de concurso
de méritos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294691

4. Admisión de solicitudes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará resolución aprobando la lista provisional
de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión. En
dicha resolución se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección,
de conformidad con lo previsto en el punto 6 de las Bases de esta convocatoria, y será
publicada en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y
en los tablones de anuncios del Centro Sanitario.
4.2. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el artículo 45.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, concediendo a las personas interesadas un plazo de cinco
días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación, para presentar alegaciones.
Las alegaciones deberán presentarse a través de la VEC, cumplimentando el
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los
listados provisionales de admitidos y excluidos al proceso.
Para realizar la alegación, la persona interesada deberá acreditarse a través de la firma
mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados
expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).
4.3. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las
alegaciones, la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará
resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y
excluidas, que se publicará en los lugares señalados en el apartado 4.1.
El hecho de figurar en la relación de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a las
personas aspirantes la posesión de todos los requisitos exigidos en el procedimiento que
se convoca. Cuando de la documentación que debe presentarse, en el caso de superar el
proceso selectivo, se desprendiera que no poseen alguno de los requisitos, decaerán en
todos los derechos que puedan derivar de su participación en el procedimiento.