3. Otras disposiciones. . (2023/247-39)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se acuerda prohibir temporalmente el acceso con vehículos de movilidad personal de los definidos en la Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal, a los transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable competencia de la Administración de la Junta de Andalucía.
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Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, en materia de medidas
urbanas de tráfico, ha dotado a los VMP de un marco jurídico específico.
Esta nueva regulación establece que los VMP requerirán, para poder circular, el
certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles
por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así
como su identificación.
Asimismo, define el manual de características de los vehículos de movilidad personal
como el documento elaborado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico
y aprobado mediante resolución de su titular, en el que se establecerán los requisitos
técnicos que los vehículos de movilidad personal deben cumplir para su puesta en
circulación, la clasificación de los mismos, los procesos de ensayo para su certificación y
los mecanismos que se emplearán para su fácil identificación.
Este manual se ha aprobado mediante la Resolución de 12 de enero de 2022, de
la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de
los vehículos de movilidad personal. El citado manual consta de secciones que detallan
los requisitos que han de reunir los vehículos para obtener la certificación de VMP, y los
ensayos relacionados a realizar por parte de los fabricantes para la obtención de dicha
certificación.
La sección 33 de la citada resolución establece un régimen transitorio, según el
cual todos los modelos que se comercialicen a partir de 24 meses de la entrada en
vigor del manual deberán contar con dicha certificación, mientras que los vehículos
comercializados antes de la entrada en vigor del manual o durante el periodo transitorio
establecido, podrán circular durante los 5 años siguientes a dicha entrada en vigor.
Esto implica que los vehículos comercializados antes del 22 de enero de 2024 podrán
circular hasta el 22 de enero de 2027, sin haber recibido la certificación, esto es, sin
cumplir con lo dispuesto en el Manual de características aprobado en la Resolución de 12
de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico.
Si bien el listado de marcas y modelos de VMP que han recibido la certificación va
en aumento, la realidad es que, en la actualidad, la mayoría de los patinetes eléctricos
que se encuentran en circulación no cumplen con los requisitos indicados en el Manual
de características, suponiendo un riesgo para la salud de las personas y afecciones al
material móvil, las infraestructuras e instalaciones.
En los últimos 18 meses, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, se ha
presentado un número no despreciable de casos reportados de peligrosidad en los que
se han encontrado implicados vehículos VMP que, portando acumuladores eléctricos,
se encontraban embarcados en medios de transporte públicos. Esto ha propiciado
actuaciones de limitaciones de acceso, de estas clases de vehículos, al sistema de
transporte público por motivos de seguridad.
En el ámbito de nuestra comunidad autónoma, los riesgos derivados del acceso con
VMP eléctricos a medios de transporte público han sido puestos de manifiesto, entre
otros, en sendos informes del Departamento de Autoprotección y Seguridad de Metro
de Sevilla, «Informe de riesgos derivados del transporte de VMP eléctricos en las
instalaciones de metro de Sevilla» y el Departamento de Ingeniería e Infraestructura de
los Transportes de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de la Universidad de Sevilla,
«Fundamentos sobre la conveniencia de la implantación de restricciones de acceso de
los vehículos VMP eléctricos (E-PMV) al Sistema de Transporte Público (vehículos e
infraestructuras) que da servicio a/en la comunidad autónoma de Andalucía».
De esta manera, se hace necesario, hasta que la totalidad de patinetes en circulación
obtengan la pertinente certificación y se programen e inicien las obligatorias inspecciones
periódicas, que permitan garantizar la fiabilidad pasiva de los VMP en circulación, prohibir
temporalmente el acceso con vehículos de movilidad personal de los definidos en la
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, a los transportes
terrestres, marítimos, fluviales y por cable competencia de la Administración de la Junta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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