Autoridades y personal. . (2023/247-20)
Resolución de 19 de diciembre de 2023, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor Asociado Laboral.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023
página 19434/2
2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes, deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
durante la totalidad del periodo de contratación.
2.1. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia y trabajo para proceder a la firma del contrato.
Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento
del español adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento será
objeto de constatación en el momento de la contratación por cualquier medio admisible
en Derecho.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
2.2. Así mismo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión de cualquiera de los títulos Universitarios requeridos en la plaza
correspondiente o, en caso de que no se requieran títulos específicos, estar en posesión
del título Universitario de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, Graduado y/o Máster.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional u Organismo que tuviera reconocida
dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán
estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento
dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
b) Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo fuera
del ámbito académico universitario una actividad remunerada laboral, profesional o en
la administración pública, con antigüedad de, al menos tres años, y que mantengan el
ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación laboral.
2.3. De conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica de Universidades, se
considerará mérito preferente estar acreditado o acreditada para participar en los
concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios. Igualmente, y de conformidad
con el artículo 50 del citado texto, se considerará mérito preferente la estancia del
candidato en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles
o extranjeros, distintos de la universidad que lleve a cabo la contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294648
sea de aplicación, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso de valoración
de méritos.
1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios
establecidos y las actividades docentes asignadas por la Universidad de Almería.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023
página 19434/2
2. Condiciones y requisitos de los aspirantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes, deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
durante la totalidad del periodo de contratación.
2.1. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia y trabajo para proceder a la firma del contrato.
Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento
del español adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento será
objeto de constatación en el momento de la contratación por cualquier medio admisible
en Derecho.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
2.2. Así mismo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión de cualquiera de los títulos Universitarios requeridos en la plaza
correspondiente o, en caso de que no se requieran títulos específicos, estar en posesión
del título Universitario de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, Graduado y/o Máster.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional u Organismo que tuviera reconocida
dicha competencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán
estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento
dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
b) Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo fuera
del ámbito académico universitario una actividad remunerada laboral, profesional o en
la administración pública, con antigüedad de, al menos tres años, y que mantengan el
ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación laboral.
2.3. De conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica de Universidades, se
considerará mérito preferente estar acreditado o acreditada para participar en los
concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios. Igualmente, y de conformidad
con el artículo 50 del citado texto, se considerará mérito preferente la estancia del
candidato en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles
o extranjeros, distintos de la universidad que lleve a cabo la contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294648
sea de aplicación, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso de valoración
de méritos.
1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios
establecidos y las actividades docentes asignadas por la Universidad de Almería.