3. Otras disposiciones. . (2023/247-27)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Interior, por la que se aprueba Plan Anual de Formación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA) para el curso académico 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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soliciten la delegación de algún curso deberán presentar la solicitud al menos dos meses
antes de la fecha prevista para su inicio.
El criterio sobre el número de plazas por curso, tanto presenciales como en red, será
el recogido en el punto 2.3 del apartado II de la presente resolución. El alumnado de los
cursos de ingreso y capacitación podrá dividirse en grupos, respetando el número de
plazas por grupo antes citado.
La formación en red, tanto de los cursos preceptivos como de los de actualización,
especialización y perfeccionamiento, impartida por las escuelas municipales de la Policía
Local deberá realizarse en una plataforma de teleformación propia de la respectiva
Escuela o utilizando la plataforma del IESPA, debiendo en este último caso solicitar
autorización del Instituto en el momento de presentar la solicitud del curso.
En el caso de utilizar plataforma propia, la misma deberá tener los requisitos
reseñados en el punto 5 del apartado III del presente Plan.
V. Metodología didáctica.
La metodología didáctica será eminentemente práctica, activa, participativa
y constructivista con el objeto de la adquisición y el desarrollo de los conceptos,
procedimientos y actitudes precisos para el ejercicio de su actividad profesional por
parte del alumnado, mediante un aprendizaje que permita a éste el estudio y el análisis
de casos y supuestos prácticos que sean susceptibles de recibir las aportaciones y el
enriquecimiento del trabajo colectivo del aula. Determinadas materias conllevan la
realización de trabajos de investigación-reflexión y prácticas, que se desarrollarán dentro
y fuera del aula, así como la ejecución de supuestos y ejercicios multidisciplinares que
proporcionen una integración del aprendizaje.

VII. Valoración de las acciones formativas.
Las acciones formativas llevadas a cabo serán valoradas por el alumnado participante,
por el profesorado y docentes colaboradores y por el propio Instituto de Emergencias y
Seguridad Pública de Andalucía.
El alumnado que participe en las diferentes acciones formativas valorará al término de
la actividad al profesorado, los objetivos y contenidos, la metodología, las condiciones y
el ambiente, medios, materiales didácticos y la utilidad de la formación, haciendo además
una valoración general.
El profesorado valorará, a requerimiento del Instituto, el grado de consecución de
los objetivos propuestos, la adecuación y la implicación del alumnado y aquellos otros
aspectos relevantes de las acciones formativas.
Las personas responsables de la coordinación de las diferentes acciones formativas
elevarán al IESPA la valoración llevada a cabo por el alumnado sobre los contenidos de
cualquier acción formativa en la que intervengan, los medios utilizados y el profesorado
nombrado, junto a la documentación justificativa exigida por el Instituto.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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VI. Acciones formativas para el profesorado.
La necesaria continuidad de la formación del profesorado que colabora en tareas
docentes con el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía y las escuelas
municipales de la Policía Local se verá facilitada, durante el presente curso académico,
por las acciones formativas que desarrollará el IESPA con el objetivo de mejorar las
competencias profesionales de su profesorado en la consideración de fomentar las
buenas prácticas docentes. A efectos de unificar criterios de calidad en los cursos de
formación en red, se ofertarán actividades formativas sobre diseño y tutorización de
éstos.
El personal destinatario de estas acciones formativas en sus modalidades presencial,
semipresencial o de teleformación será el profesorado colaborador del IESPA, de las
escuelas municipales de la Policía Local y de las entidades colaboradoras.