Disposiciones generales. . (2023/247-1)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, del Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación de la Carta del Servicio Público de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) para el sexenio 2024-2029.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

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2. En el Contrato-Programa se estipulará el compromiso de llevanza efectiva en el
grupo empresarial de un global sistema propio de indicadores de gestión empresarial y
de buena gobernanza, de financiación, rendición de cuentas, de cumplimiento normativo,
sobre la innovación, gestión de la producción, gestión comercial, sobre el control de
la calidad, y de seguimiento de la ejecución de los compromisos del servicio público
audiovisual en el contexto digital.

Artículo 32. Relaciones laborales.
1. Las relaciones laborales relativas al personal del grupo empresarial RTVA se
desarrollarán en permanente comunicación y diálogo con las personas integrantes de su
personal y con las organizaciones sindicales representativas en el seno del grupo, y de
acuerdo con los principios y derechos que informan la negociación colectiva; actuando
para procurar la estabilidad en el empleo; la formación continua del personal laboral
para el desarrollo de un plan de carrera profesional, con planteamientos transversales
para la eficiencia del desempeño y en el marco de capacitación profesional conforme
a las necesidades de multifuncionalidad, interoperabilidad, versatilidad y convergencia
profesional y curricular derivadas de la fusión de sus antiguas sociedades filiales, y
conforme a los objetivos de explotación digital multimedia y multiplataforma; y poniendo
en valor el elevado capital intelectual y estimulando el talento y expertise del personal de
la RTVA y de los medios de Canal Sur. En el marco de relaciones de la empresa con la
parte sindical se establecerán pautas para proceder a la valoración de puestos de trabajo
y evaluaciones de desempeño conforme a las funciones y competencias de las categorías
profesionales de las entidades necesarias en adaptación a los nuevos procesos
productivos digitales y a la optimización de la organización del grupo empresarial.
2. Se considera principio prioritario en el desarrollo de la actividad del grupo
empresarial la salvaguarda, promoción y garantía de la salud y seguridad de trabajadores
y trabajadoras en todos los aspectos relacionados con sus puestos de trabajo, y realizará

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294677

Artículo 31. Diversificación comercial.
1. La gestión comercial y el desarrollo de actividades que habilita el artículo 23 de la
Ley 18/2007 se realizará con arreglo a criterios de mercado, en términos de competencia
leal, y en el marco de lo establecido en el Código de Conducta Comercial de la RTVA,
con acentuada protección de los derechos de la audiencia, con especial atención a las
personas menores de edad, la infancia y la juventud, en atención a los de derechos de
igualdad de la mujer y de todas las personas consumidoras y usuarias.
2. Con el propósito de ampliar las fuentes de ingresos económicos del grupo
empresarial RTVA, se procurará la obtención de nuevos rendimientos diversificados,
acometiendo para ello planes de expansión de sus actividades para todo tipo de
comunicación comercial en toda clase de soportes y plataformas tecnológicas digitales;
para la diversificación de la producción audiovisual realizada por encargo de terceros
compradores de la misma; y para la comercialización y venta de sus producciones
audiovisuales, productos y subproductos; merchandising; edición musical, fonográfica
y videográficas; aplicaciones para contenidos y servicios digitales e interactivos; y de
comercio electrónico, y las actividades anexas y complementarias de todas las anteriores.
Y en el marco de actuación del art. 12.2 de la Ley 18/2007 se habilita la explotación
de producciones ya difundidas para ofertarlas en el mercado de la radio y televisión de
cualquier ámbito territorial de España y para el mercado de radio y televisión de América
latina, así como para la prestación de bienes y servicios a terceros, incluyendo los de
consultoría y de comunicación para otras entidades.
3. Igualmente, la actuación comercial de los medios de Canal Sur estará
permanentemente abierta a la búsqueda activa y puesta en valor de nuevas líneas de
negocio conforme a las medidas de la planificación estratégica de la RTVA conforme al
artículo 33 de la presente Carta.