3. Otras disposiciones. . (2023/247-41)
Orden de 21 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se delega la competencia para la suscripción de un convenio de colaboración entre la Delegación Territorial en Granada y el Ayuntamiento de Maracena, para el uso por el citado Ayuntamiento del centro de participación activa de Maracena, de titularidad de la Junta de Andalucía, en determinados horarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Jueves, 28 de diciembre de 2023

página 19469/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 21 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad, por la que se delega la competencia para la
suscripción de un convenio de colaboración entre la Delegación Territorial en
Granada y el Ayuntamiento de Maracena, para el uso por el citado Ayuntamiento
del centro de participación activa de Maracena, de titularidad de la Junta de
Andalucía, en determinados horarios.
A tenor de lo dispuesto en los artículos 26.1, 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, con objeto de conseguir una mayor agilidad administrativa, se hace
necesario acordar la delegación de competencia que en la presente orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Se delega en la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada, la competencia para
la tramitación y firma de un Convenio de Colaboración entre la Delegación Territorial
de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Granada y el
Ayuntamiento de Maracena de Granada, para el uso por el citado Ayuntamiento del
centro de participación activa de Maracena, de Granada, de titularidad de la Junta de
Andalucía, en determinados horarios.
Segundo. El documento que como Convenio de Colaboración se suscriba, en virtud
de esta delegación de competencia, deberá indicar expresamente esta circunstancia,
en los términos previstos en el artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. La presente orden tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de diciembre de 2023
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO

00294688

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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