Autoridades y personal. . (2023/246-22)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso-oposición público para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a por el turno de discapacidad.
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Número 246 - Miércoles, 27 de diciembre de 2023

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plaza que se solicita. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilitan los
teléfonos (953 212 318 / 953 212 181).
3.3. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Jaén en
el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
3.4. A la solicitud deberá acompañarse la documentación que se señala a continuación.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados. En
cualquier momento, el órgano de selección o la administración universitaria podrá requerir
a las personas aspirantes la acreditación de cualquier documento de los aportados en el
procedimiento o cualquier otro documento que estime necesario.
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.
b) Fotocopia del Título de Doctor/a o, en su defecto, justificante de haber abonado los
derechos para la expedición del mismo.
c) Resguardo acreditativo original sellado por la entidad bancaria que justifique haber
ingresado en Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta ES79 3067
0109 331150653028 la cantidad de 20 euros en concepto de derechos para Profesor/a
Ayudante Doctor/a.
d) Fotocopia del certificado en vigor que acredite el reconocimiento de una
discapacidad igual o superior al 33%.
e) Para aquellas plazas en las que se requiera el dominio de un idioma extranjero
(docencia en titulaciones bilingües o en idioma extranjero), acreditación del nivel de
idioma requerido conforme a lo establecido en el apartado 2.2.2 de esta resolución.
f) Fotocopia de las titulaciones académicas establecidas como preferentes para el
acceso a la plaza, según se indica en el Anexo I de esta convocatoria o, en su defecto,
justificante de haber abonado los derechos para la expedición del correspondiente título.
g) Fotocopia de la certificación académica, en la que consten las calificaciones
obtenidas en la titulación académica de licenciado/a, arquitecto/a, ingeniero/a, graduado/a
o nivel académico equivalente, del que esté en posesión la persona interesada. Será
esta titulación la que computará en el Apartado I.1.1 del baremo (ver Tabla 2). Todas
las titulaciones de máster (incluidas las preferentes) y las titulaciones de grado que no
hayan servido en el cálculo del Apartado I.1.1 del baremo, serán consideradas mérito
en el Apartado I.4 de «Otras titulaciones universitarias distintas a la de acceso a la
convocatoria».
h) Justificantes de los méritos alegados que estime oportunos y suficientes para la
valoración de los mismos.
i) En caso de precisar alguna adaptación y al objeto de que se pueda garantizar
la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las
medidas oportunas, se acompañará a la solicitud de participación un escrito solicitando
las adaptaciones de tiempo y medios correspondientes (Anexo V). También, deberán
aportar dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada,
emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en
el que conste expresamente la adaptación que corresponde a la persona interesada en
cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. El tribunal estudiará la
propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios
establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
Las personas aspirantes, a los que se refiere el presente párrafo, que no soliciten las
adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se
entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin que pueda plantearse solicitud
de las mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
A la vista de las propuestas de adaptación efectuadas, el Rector o persona en quien
delegue, determinará las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con
discapacidad que hayan sido admitidas al concurso y así lo hayan solicitado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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