Disposiciones generales. . (2023/245-5)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 7 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía.
69 páginas totales
Página
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023
página 40228/35
(Página 10 de 13)
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (continuación)
B.- Producción andaluza, 10 puntos. Será objeto de valoración el volumen de gasto o inversión
realizado en el territorio andaluz computándose en el mismo los gastos imputables a los distintos
conceptos subvencionables que se generen con ocasión de la edición de la obra. A efectos de
valoración de este subcriterio, los puntos se asignarán de acuerdo al porcentaje que represente el
gasto o la inversión respecto al total del presupuesto de la edición de la obra, y se observará el
siguiente baremo:
- Hasta el 20% del presupuesto total: 2 puntos.
- Desde el 21 hasta el 40% del presupuesto total: 4 puntos.
- Desde el 41 hasta el 60% del presupuesto total: 6 puntos.
- Desde el 61 hasta el 80% del presupuesto total: 8 puntos.
- Desde el 81 hasta el 100% del presupuesto total: 10 puntos.
Porcentaje del total
3. Trayectoria de la persona autora, hasta 12 puntos.
A efectos de valoración del presente criterio, se t endrán en cuenta los siguientes subcriterios:
A.- Publicaciones y estudios, hasta 5 puntos. Se valorará un punto por cada publicación o estudio que la persona autora haya
realizado anteriormente sobre la disciplina de que se trate.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
AUTOR/A
AÑO
PUBLICACIÓN
TÍTULO
LUGAR
PUBLICACIÓN
EDITORIAL
ISBN
B.- Reconocimiento y distinciones otorgados por organismos públicos, hasta 5 puntos. Se valorará con 1 punto por cada
reconocimiento o distinción otorgado relacionado con la disciplina de la que trate la obra.
AUTOR/A
TÍTULO
DISTINCIÓN
ORGANISMO PÚBLICO
C.- Aportación de la autoría a la disciplina de la que trate la obra, diferente de la prevista en los párrafos anteriores, hasta 2
puntos. Se valorará con 1 punto la aportaciones que realice la persona autora en catálogos, material promocional, referencias en
prensa o similar.
AUTOR/A
DISCIPLINA
CATÁLOGO
MATERIAL
PROMOCIONAL
PRENSA
SÍ
NO
00294565
005357
4. En el caso de edición en formato papel: gestión sostenible de la edición mediante promoción de
sistemas de certificación que garanticen la procedencia forestal ambientalmente responsable, de
acuerdo con el artículo 7.2 de la Ley 10/ 2007, de 22 de junio, 8 puntos.
OTROS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023
página 40228/35
(Página 10 de 13)
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (continuación)
B.- Producción andaluza, 10 puntos. Será objeto de valoración el volumen de gasto o inversión
realizado en el territorio andaluz computándose en el mismo los gastos imputables a los distintos
conceptos subvencionables que se generen con ocasión de la edición de la obra. A efectos de
valoración de este subcriterio, los puntos se asignarán de acuerdo al porcentaje que represente el
gasto o la inversión respecto al total del presupuesto de la edición de la obra, y se observará el
siguiente baremo:
- Hasta el 20% del presupuesto total: 2 puntos.
- Desde el 21 hasta el 40% del presupuesto total: 4 puntos.
- Desde el 41 hasta el 60% del presupuesto total: 6 puntos.
- Desde el 61 hasta el 80% del presupuesto total: 8 puntos.
- Desde el 81 hasta el 100% del presupuesto total: 10 puntos.
Porcentaje del total
3. Trayectoria de la persona autora, hasta 12 puntos.
A efectos de valoración del presente criterio, se t endrán en cuenta los siguientes subcriterios:
A.- Publicaciones y estudios, hasta 5 puntos. Se valorará un punto por cada publicación o estudio que la persona autora haya
realizado anteriormente sobre la disciplina de que se trate.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
AUTOR/A
AÑO
PUBLICACIÓN
TÍTULO
LUGAR
PUBLICACIÓN
EDITORIAL
ISBN
B.- Reconocimiento y distinciones otorgados por organismos públicos, hasta 5 puntos. Se valorará con 1 punto por cada
reconocimiento o distinción otorgado relacionado con la disciplina de la que trate la obra.
AUTOR/A
TÍTULO
DISTINCIÓN
ORGANISMO PÚBLICO
C.- Aportación de la autoría a la disciplina de la que trate la obra, diferente de la prevista en los párrafos anteriores, hasta 2
puntos. Se valorará con 1 punto la aportaciones que realice la persona autora en catálogos, material promocional, referencias en
prensa o similar.
AUTOR/A
DISCIPLINA
CATÁLOGO
MATERIAL
PROMOCIONAL
PRENSA
SÍ
NO
00294565
005357
4. En el caso de edición en formato papel: gestión sostenible de la edición mediante promoción de
sistemas de certificación que garanticen la procedencia forestal ambientalmente responsable, de
acuerdo con el artículo 7.2 de la Ley 10/ 2007, de 22 de junio, 8 puntos.
OTROS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja