Disposiciones generales. . (2023/245-5)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 7 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

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ANEXO I

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (continuación)
5. Obras destinadas a colectivos con necesidades especiales (letra grande, lectura fácil, lengua de signos
o sistema Braille): 5 puntos.

Letra grande.
Lectura fácil.
Lengua de signos.
Sistema Braille.
Otros.
Indicar técnica
empleada:

6. Por tener en plantilla o incorporar al proyecto, al menos durante 6 meses, como mínimo a una
persona trabajadora con discapacidad con un grado igual o superior al treinta y tres por ciento
reconocido por el organismo competente, por encima de las exigencias establecidas en el artículo 42 del
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión
social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/ 2013, de 29 de noviembre: 5 puntos.


NO

A.- Porcentaje de mujeres en plantilla. Hasta 3 puntos.
A efectos de valoración de este subcriterio, se observará el siguiente baremo:
- Si el porcentaje de mujeres en plantilla es del 100%: 3 puntos.
- Si el porcentaje de mujeres en plantilla está entre el 50 y el 99%: 2 puntos.
- Si el porcentaje de mujeres en plantilla está entre el 25% y el 49%: 1 punto.

Entre 50% y 99%

B.- Autoría del proyecto: 2 puntos.



Entre 25% y 49%

100%

NO
8. Reedición simultánea en papel y en otro formato, ya sea este último digital, audio libro o ambos, 5
puntos.

Papel
Otro formato
Digital
Audiolibro
Ambos

Podrán optar a la condición de beneficiaria provisional o suplente las solicitudes presentadas que hayan obtenido un mínimo de 51
puntos.
Priorización en caso de empate:
En caso de empate en las puntuaciones serán preferentes las solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en los criterios de
valoración según el orden establecido en el apartado anterior.

00294565

005356

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

7. Fomento de la participación profesional de la mujer de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 12/ 2007, de 26 de noviembre, para la
promoción de la igualdad de género en Andalucía, teniendo en cuenta el porcentaje de mujeres en plantilla, la autoría de la edición y
la dirección del proyecto, hasta un máximo de 5 puntos. A efectos de valoración del presente criterio, se tendrán en cuenta los
siguientes subcriterios:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja