3. Otras disposiciones. . (2023/245-41)
Orden de 18 de diciembre de 2023, de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se acuerda la avocación y posterior delegación de competencias en la Secretaría General del Agua, en materia de contratación y gestión económica de varios expedientes de contratación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

página 19307/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El artículo 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, determina que las personas titulares de las Consejerías son los órganos de
contratación de las mismas, estando facultadas para celebrar en su nombre los contratos
relativos a los asuntos propios de su Consejería. Por su parte, el artículo 52.1 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
mediante el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, contempla que corresponde a las
personas titulares de las distintas Consejerías aprobar los gastos propios de los servicios
a su cargo.
El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (BOJA núm. 28, de 11
de agosto), establece, en su artículo 2, la organización general de la Consejería en la que
se incluye entre los órganos directivos centrales de la Consejería, la Secretaría General
del Agua. Este órgano directivo no existía en la anterior legislatura, por lo que se trata de
una Secretaría de nueva creación. El artículo 8 del citado Decreto 157/2022 recoge las
funciones de la Secretaría General del Agua.
Por otra parte, las distintas delegaciones de competencias siguen subsistentes, de
acuerdo con lo previsto en la Disposición transitoria segunda del Decreto 157/2022, de
9 de agosto, al establecer que «Mantendrán su vigencia, en tanto no sean sustituidas
por otra nueva que se adapte a lo dispuesto en este decreto, las delegaciones de
competencias correspondientes a la anterior Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, si bien, las referencias hechas a los órganos que, por
este decreto, se suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se
crean y los sustituyen o asumen sus competencias».
La Orden de 21 de noviembre de 2022, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y concretamente
en el artículo 7 establecía que «Se delega en la persona titular de cada uno de los
órganos directivos centrales de la Consejería, en relación con los créditos que tengan
asignados para atender los gastos propios de los servicios a su cargo, el ejercicio de
las competencias para aprobar gastos y autorizar su compromiso y liquidación, así
como interesar de la Consejería competente en materia de hacienda la ordenación de
los correspondientes pagos» y el artículo 14.4 que «Se delega en los centros directivos
competentes en materia de agua todas las competencias que la legislación de contratos
atribuye al órgano de contratación, así como en materia de encargos de gestión a medios
propios personificados, incluyendo en ambos casos la supervisión de los proyectos».
El artículo 15 del citado Decreto 157/2022, de 9 de agosto, establece que la Dirección
General de Infraestructuras del Agua desempeñará, además de las funciones que, con
carácter general, se establecen en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
la planificación, programación, aprobación y seguimiento de los proyectos derivados de
la planificación hidrológica y, en general, de las obras hidráulicas de competencia de la
Comunidad Autónoma de Andalucía y de aquellas que se realicen sobre el patrimonio
adquirido o adscrito. Asimismo, la coordinación de los procedimientos en materia de
expropiación forzosa en relación con dichas infraestructuras hidráulicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294493

Orden de 18 de diciembre de 2023, de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, por la que se acuerda la avocación y posterior delegación de
competencias en la Secretaría General del Agua, en materia de contratación y
gestión económica de varios expedientes de contratación.