Disposiciones generales. . (2023/245-1)
Orden de 14 de diciembre de 2023, por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2023, las ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 4.2., operación 4.2.2) al amparo de la Orden de 30 de julio de 2020, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el ámbito del sector oleícola y aceituna de mesa (Línea 3).
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ANEXO V

2. INFORMACIÓN COMERCIAL: PROGRAMA DE PRODUCCIÓN
2.1 MODELO IC-01: "PRODUCTOS UTILIZADOS ANTES Y DESPUÉS DE LA INVERSIÓN".
A.) CONJUNTO DE LA EMPRESA
PRODUCTOS (*)

AÑOS ANTERIORES AL DE SOLICITUD
-3

-2

-1

B.) PARTE AFECTADA POR LA INVERSIÓN

PREVISIÓN AÑOS POSTERIORES AL DE LA
REALIZACION DE LA INVERSION
+1

+2

+3

3º AÑO DESPUÉS DE LA REALIZACIÓN DE LA
INVERSIÓN

BOJA

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

(Página

CANTIDAD:
VALOR (€)

VALOR (€)

VALOR (€)
CANTIDAD:
VALOR (€)
CANTIDAD:
VALOR (€)
TOTAL EMPRESA

006797/A05

En la columna A.) deberán figurar las cantidades y valores de los productos utilizados en el conjunto de la empresa y en la columna B.) únicamente las cantidades y valores de los productos utilizados en la inversión.

00294500

(*) Cuando sea posible, indicar la cantidad en toneladas. Los productos que normalmente no se vendan por peso se expresarán preferentemente en la unidad habitual (que se deberá de precisar). Para cada
producto afectado, indicar en los paréntesis “cantidad” y la unidad de medida utilizada: toneladas, unidades, miles de piezas, hectolitros, etc..

página 19315/43

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

Si la actividad del beneficiario comprendiese varias unidades o filiales, indicar los datos de la columna A.) por separado, para toda la empresa y para la unidad o la filial en que se vayan a realizar las inversiones previstas por
el proyecto, para los tres primeros ejercicios posteriores a la realización de proyecto, a precios constantes (no tener en cuenta la inflación). Únicamente deben figurar en este cuadro los productos agrícolas de que se trate.
En principio, mencionar únicamente los que representen más del 15 % del volumen o del valor total, y en cualquier caso, por lo menos los cinco productos más importantes.

Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

CANTIDAD:

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

CANTIDAD: