3. Otras disposiciones. . (2023/245-37)
Decreto 281/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

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Asimismo, de conformidad con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción
de igualdad de género en Andalucía, se ha tenido en cuenta la integración transversal del
principio de igualdad de género en la elaboración del IV Plan Integral para el Fomento
de la Artesanía en Andalucía 2023-2026, al objeto de garantizar el uso no sexista del
lenguaje.
Además, el Plan aprovecha las sinergias con otras instituciones y organismos, para
evitar la duplicidad de esfuerzos. Esto le confiere un carácter transversal y permite la
utilización de todas las herramientas que la Administración de la Junta de Andalucía pone
a disposición del sector, independientemente del organismo competente.
De acuerdo con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, el artículo 1.l) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo, establece que la citada Consejería ejerce las competencias relativas
al comercio y a la artesanía, mediante la planificación, la ordenación, la promoción y el
desarrollo de dichas materias.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en al artículo 21.3 de la Ley 15/2005,
de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, en los artículos 21.3, 27.12 y 44 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, oída la Comisión de
Artesanía de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de
19 de diciembre de 2023,
DISPONGO
Primero. Aprobación.
Se aprueba el IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026.
Segundo. Publicidad y transparencia del Plan.
1. El texto íntegro del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía
2023-2026 será accesible a través del portal de la Administración de la Junta de
Andalucía, sitio web oficial de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo.html
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el IV Plan Integral para el Fomento de
la Artesanía en Andalucía 2023-2026, sus actualizaciones e informes de seguimiento
serán objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía
(www.juntadeandalucia.es/transparencia).
Tercero. Vigencia del Plan.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de
Artesanía de Andalucía, la vigencia del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía
en Andalucía 2023-2026 será de cuatro años.

Quinto. Efectos.
1. El presente decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294474

Cuarto. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Comercio de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para llevar a cabo las actuaciones necesarias
para el desarrollo y ejecución del presente decreto.