Disposiciones generales. . (2023/245-3)
Corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (BOJA número 68, de 12 de abril de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

página 19312/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se efectúa
la convocatoria de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el
desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones
específicas correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común
2023-2027 (BOJA número 68, de 12 de abril de 2023).
Advertido error en la Orden de 31 de marzo de 2023, por la que se efectúa la convocatoria
de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a
zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas correspondientes al
Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, que ha sido publicada en el
BOJA número 68, de 12 de abril de 2023, de conformidad con lo previsto en el artículo
109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se procede a su subsanación
mediante la presente corrección:
En la página 6509/3 del BOJA, en el Dispongo Sexto Financiación y régimen aplicable,
en el apartado 1, donde dice:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2.a) del Reglamento (UE) 2021/2115, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, las ayudas contempladas
en la presente orden serán cofinanciadas en un 85% por el FEADER, y en un 15% por la
Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

00294489

Debe decir:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.2.a) del Reglamento (UE) 2021/2115, del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, las ayudas contempladas
en la presente orden serán cofinanciadas en un 85% por el FEADER, en un 9,81% por
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en un 5,19% por la Comunidad
Autónoma de Andalucía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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