5. Anuncios. . (2023/245-54)
Anuncio de 21 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por el que se hace pública la Resolución de la Dirección General de Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los registros mineros que se citan, comprendidos en la provincia de Jaén.
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Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA
e)

Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

página 40221/9

Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera con medios propios o
externos, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
mediante, al menos, uno de los medios siguientes:
a)

Declaración de entidad o entidades financieras. La declaración deberá manifestar la
capacidad financiera de la persona licitadora para acometer la inversión prevista en su
solicitud.

b)

Declaración de una persona auditora inscrita en el Registro de Auditores de Cuentas (ROAC)
del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Ley 22/2015, de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas), donde se deberá manifestar que, conforme a las cuentas anuales
presentadas en el registro mercantil para el último ejercicio, se dispone de fondos propios
libres para la inversión prevista.

f)

Documentación acreditativa de estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia
técnica o profesional, con medios propios o externos, según lo dispuesto en los artículos 90 y
91 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 , contando entre su plantilla, o
mediante contrato colaboración para el desarrollo del proyecto, con personal técnico
cualificado con experiencia demostrada en la realización de trabajos y el manejo de técnicas
similares a las contempladas en el proyecto de investigación, así como con los equipos
necesarios para llevarlos a cabo.

g)

A los efectos de acreditar la solvencia técnica, la persona o entidad solicitante aportará
declaración responsable de tener en plantilla o contratado, o intención de hacerlo, al menos a
una persona con habilitación profesional para el ejercicio de las profesiones de Ingeniero de
Minas, Geólogo o Ingeniero técnico de Minas. En todo caso, cuando se proyecte con incidencia
en la seguridad de las personas y los bienes, se estará a lo dispuesto en el artículo 117 de la LM.

h) Para el cálculo del presupuesto y al objeto de adecuar la intensidad investigadora a las
necesidades reales de investigación de los diferentes recursos mineros, deberán utilizarse las
siguientes inversiones mínimas por cuadrícula minera solicitada:

INVERSIÓN POR CUADRÍCULA

< 10

15.809 €

10 - 20

15.256 €

> 20

14.702 €

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
FIRMADO POR
VERIFICACIÓN

JAVIER CALVENTE GALLEGO
Pk2jmBT5WFGMP4EGJT7HMENZTSTUJ2

00294526

Nº CUADRÍCULAS

https://www.juntadeandalucia.es/eboja
21/11/2023

PÁGINA 9/18

https://ws050.juntadeandalucia.es/verificarFirma

Es copia auténtica de documento electrónico

Tanto la entidad financiera como la auditora de cuentas deben manifestar que conocen el
montante de los proyectos de inversión en investigación o explotación minera que tiene
solicitados o autorizados la entidad solicitante, para certificar la capacidad financiera para
abordar el nuevo proyecto solicitado.