3. Otras disposiciones. . (2023/245-35)
Acuerdo de 19 de diciembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Contrato-Programa entre el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía para el periodo 2024-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Martes, 26 de diciembre de 2023

página 40208/61

Programa G+ establecido por la Junta de Andalucía para el análisis de los programas
presupuestarios desde la perspectiva de género para el avance de la igualdad en todas las
actuaciones presupuestarias.
14. En el ámbito de gestión de este grupo empresarial se lleva un sistema de separación de
cuentas por actividades y en atención a las líneas de negocio de televisión, de radio, y de
servicios digitales, estando este sistema de control, de análisis de gestión y de sistema de
contabilidad de costes del grupo empresarial RTVA soportado en un específico módulo de
control de la aplicación informática dotada de un especializado software de gestión
económico-financiera utilizado en el ámbito interno del grupo para la llevanza de una gestión
integrada tanto del control de presupuestos como de la contabilidad analítica, para un mejor
conocimiento de los costes reales de las diferentes actividades del grupo y su relación con la
financiación de las mismas por la prestación del servicio público audiovisual. Dado el doble
régimen de contabilidad que se lleva en el seno del grupo desde el ejercicio 2021, tras la
efectividad de la Ley 3/2020, al tener contabilidad presupuestaria la Agencia Pública
Empresarial RTVA a la par del mantenimiento para Canal Sur del régimen presupuestario
propio de las entidades instrumentales con contabilidad no presupuestaria del sector público
andaluz que perciben financiación pública en concepto 'transferencias de financiación', se
reconoce una ‘peculiaridad’ en la función de llevanza de la contabilidad considerando la
totalidad del grupo empresarial, debido a ese ‘doble régimen contable’, y quedando
justificados sus efectos en los informes anuales sobre ejecución presupuestaria en relación al
desenvolvimiento contable en este grupo empresarial, conforme al artículo 21.3 de su propia
Ley 18/2007.

QUINTA. Actividad inversora de la RTVA y de Canal Sur
1. La Ley 18/2007 en su regulación del contenido material del Contrato-Programa, tras la
nueva redacción del artículo 8.2 letra b) dada por la Ley 2/2019, señala de forma singular la
importancia de contar con una financiación pública ‘estable y suficiente’ también para la
‘renovación tecnológica’ que se requerirá por la gestión y prestación del servicio público de
radio y televisión y de servicios digitales conexos e interactivos.
2. En el punto 8 del apartado “Manifiestan” que encabeza el presente Contrato-Programa se
afirma la necesidad de financiar la inversión imprescindible para la dotación, renovación y
actualización del equipamiento técnico y para la adquisición de nuevas tecnologías
productivas y de explotación necesarias para el desarrollo de la actividad de explotación

Contrato-Programa RTVA 2024-2026

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00294475

digital de la RTVA y de Canal Sur.

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