Autoridades y personal. . (2023/244-47)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
2.1. De carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26
diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
e) Estar en posesión del/ de los título/s universitario/s requerido/s.
f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones. Quienes
posean la nacionalidad de un país cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar,
mediante certificado oficial, un nivel C1 de idioma español o, en su defecto, estar en
posesión de un grado, licenciatura o titulación afín de Filología en Lengua Española.
En caso de no justificarse este requisito en el plazo de solicitud o subsanación de la
plaza, si la persona es elegida para ocuparla, deberá presentar en el momento de la firma
del contrato dicha justificación. En caso de no hacerlo en el período de firma estipulado,
cesará en su derecho y se ofertará la plaza al siguiente candidato/a.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
h) Por resolución de 14 de diciembre de 2023 de la Universidad de Málaga, se
establece, tal como se recoge en el Anexo I.1, la relación de plazas de Profesor Ayudante
Doctor reservadas exclusivamente para personas con discapacidad, que deberán estar
en posesión del certificado, actualizado, que acredite un grado de discapacidad igual
o superior al 33%, expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma
correspondiente. También deberán entregar firmado el escrito, según el modelo del
Anexo V, por el que se autorice a la Universidad de Málaga a requerir a la Administración
correspondiente, los datos sobre la discapacidad alegada.
i) Por Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, se
establece, tal como se recoge en el Anexo I, que algunas plazas se convocan bajo el
requisito de que los concursantes acrediten un determinado nivel de idioma.
Las resoluciones referenciadas en los apartados h) e i), y los niveles equivalentes de
idioma aceptados por la Universidad de Málaga, pueden consultarse en la página web del
Servicio de PDI:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador (enlace del menú «Normativa concursos»).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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agosto de 2018, modificado en Consejo de Gobierno de 19 de octubre de 2018. En lo no
contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación general que le sea
de aplicación, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.