Autoridades y personal. . (2023/244-46)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plaza de Profesor/a Permanente Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

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9.3. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión de Contratación resolverá las
alegaciones planteadas en el plazo de un mes, debiendo recabar el informe correspondiente
de la Comisión de Expertos y dando traslado de las mismas a los interesados.
10. Resolución del concurso.
10.1. Resueltas las alegaciones, la Comisión de Contratación realizará propuesta de
contratación, dirigida al Rector de la Universidad de Málaga, adjudicando la plaza objeto
del concurso al candidato con mayor puntuación.
10.2. En previsión de los casos de renuncia o de cualquier otra causa que impida
la contratación del candidato propuesto, y si así lo acordara la Comisión de Expertos,
se reflejará un orden de prelación de aquellos aspirantes que hayan obtenido una
valoración suficiente para el desempeño del puesto, con la posibilidad de propuesta para
la contratación del candidato siguiente mejor valorado en orden de puntuación.
10.3. Cuando, a juicio motivado de la Comisión de Expertos, los concursantes no se
adecuen a los requerimientos académicos, docentes e investigadores de la plaza, los
concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza.
10.4. Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario de la Comisión de
Contratación depositará en el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador, en el
plazo de 7 días naturales, la documentación completa relativa al concurso.
10.5. Las resoluciones indicarán al pie de las mismas los recursos y órganos ante los
que cabe su interposición.
10.6. La interposición de recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta
de contratación, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la
ejecución del acto pudiera causar perjuicio de imposible o difícil reparación, o aprecie,
en la fundamentación de la impugnación, la existencia de causa manifiesta de nulidad
de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto
sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso pudiera llevar aparejada y en su
momento la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como
condición resolutoria de la misma.

12. Régimen de recursos.
12.1. Cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria y de las
actuaciones de las Comisiones de Selección podrán ser impugnados en los casos y en
la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
12.2. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos pongan fin a la vía
administrativa, podrán ser recurridos potestativamente en reposición, en el plazo de un
mes, ante el Rector o ser impugnados directamente ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, en el plazo de dos meses. En ambos casos, los plazos se computarán
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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11. Formalización de los contratos.
11.1. Los candidatos propuestos deberán formalizar su contrato en el plazo de
diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la resolución del
concurso, para lo cual deberán acreditar, con carácter previo, y mediante la presentación
de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica y demás
requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en su caso, de los méritos alegados.
El contrato tendrá efectos económicos y administrativos a partir del día siguiente hábil a
su firma.
Transcurrido dicho plazo sin haber verificado tal trámite por causa imputable al
interesado, éste decaerá en todos sus derechos y se entenderá que renuncia a la plaza
adjudicada.
11.2. La contratación del Profesorado Permanente Laboral será de carácter indefinido
y con dedicación a tiempo completo.