3. Otras disposiciones. . (2023/244-62)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se autoriza una guardia de 24 horas a realizar por el personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Viernes, 22 de diciembre de 2023

página 19268/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Servicios
Judiciales, por la que se autoriza una guardia de 24 horas a realizar por el
personal de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación
Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial del Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses de Sevilla.

En atención a todo lo expuesto, de conformidad con el artículo 501 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003,
de 23 de diciembre; de conformidad con las competencias atribuidas a la Secretaría
General de Servicios Judiciales en el artículo 6 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública; a propuesta del Consejo de Dirección del Instituto de Medicina
Legal de Sevilla; de conformidad con el acuerdo adoptado en Mesa Sectorial de Justicia
de 13 de diciembre de 2023,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294435

Mediante Resolución de 10 de febrero de 2012, de la extinta Dirección General de Oficina
Judicial y Cooperación, se autorizó una guardia semanal de permanencia y disponibilidad
para el personal de los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio
Judicial, adscrito al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla. Con esta
guardia se pretendía garantizar la suficiente atención a los órganos judiciales, el apoyo
administrativo y la atención a la ciudadanía fuera de la jornada de trabajo.
Por Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la anterior Dirección General de
Oficina Judicial y Fiscal, se autorizó una guardia de permanencia continuada de doce
horas para el personal de los Cuerpos de Tramitación Procesal y Administrativa y de
Auxilio Judicial del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Sevilla, al ponerse
de manifiesto que la permanencia prevista no es suficiente para atender las labores de
salida de cadáveres, labores que frecuentemente se desarrollan durante el periodo de
disponibilidad, especialmente durante los sábados, domingos y festivos, en los que se
requiere la permanencia del personal tras las 14:00 horas.
Desde la publicación de la Resolución de 15 de diciembre de 2015, se ha venido
observando que la mencionada guardia no viene a cubrir las necesidades del servicio
público. Como consecuencia de lo anterior, la guardia de permanencia y disponibilidad
que estos funcionarios tienen autorizada no viene a responder a las necesidades para
las cuales fue impuesta, ya que en el Instituto de Medicina Legal de Sevilla la prestación
del servicio es de atención continuada, y se ha venido produciendo en los últimos años
un incremento de la actividad que presta el mencionado Instituto, de tal forma que las
funciones que le son demandadas a estos Cuerpos no finalizan en horarios de mañana
y tarde sino que se le exige su presencia obligada durante la jornada nocturna. La
obligación de garantizar el Servicio de Atención Continuada exige contar con efectivos
suficientes que puedan atender situaciones imprevistas derivadas de accidentes,
agresiones, asistencia a detenidos, etc. y exige la revisión del sistema inicial de guardias
mediante la creación de una nueva guardia de 24 horas de presencia física.