Autoridades y personal. . (2023/243-13)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Catedrático de Universidad por el sistema de promoción interna.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Jueves, 21 de diciembre de 2023
página 19123/7
a) Acta de constitución.
b) Acta de elaboración de los criterios de evaluación.
c) Acta de celebración de la prueba.
d) Acta de votación que incluirá los votos y los informes razonados de cada miembro
de la Comisión de Selección.
e) Propuesta de adjudicación de la plaza a favor del concursante que haya obtenido
mayor número de votos favorables.
11.2. El Secretario o Secretaria de la Comisión de Selección depositará, en el plazo
máximo de siete días hábiles, en la secretaría del departamento al que estén adscritas
las plazas, la documentación entregada por los aspirantes en el acto de presentación.
11.3. El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de adjudicación de
las plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan el nombramiento del concursante seleccionado.
13. Presentación de documentos y nombramientos.
13.1. Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en
el Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad, en el plazo de veinte
días hábiles siguientes al de la publicación de la propuesta de provisión, por cualquiera
de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes
documentos:
a) Certificación médica oficial de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de la Administración del
Estado, Institucional o Local ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
en virtud de expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. Aquellos que no posean la nacionalidad española deberán acreditar
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado,
el acceso a la función pública mediante certificación expedida por las autoridades
competentes de su país de origen.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán exentos
de presentar los documentos reseñados, debiendo presentar, en caso de no ser funcionarios
de la Universidad de Málaga, certificación expedida por el Ministerio u Organismo del que
dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en
su Hoja de Servicios, excepto quienes sean funcionarios de la Universidad de Málaga.
Los aspirantes que se encuentren prestando servicios en la Universidad de Málaga,
estarán exentos de justificar estos requisitos.
13.2. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado este trámite, por causa imputable
al candidato, éste decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza para la que ha sido
seleccionado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294279
12. Reclamación contra la propuesta de resolución.
12.1. Los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector contra la
propuesta de provisión de la plaza realizada por la Comisión, en el plazo máximo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del
Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga.
Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta la
resolución definitiva.
12.2. La reclamación será examinada por la Comisión de Reclamaciones mediante el
procedimiento previsto en el artículo 13 del Reglamento que regula el procedimiento de
los concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la UMA.
Transcurridos tres meses, sin que la Comisión de Reclamaciones se haya pronunciado
al efecto, se entenderá desestimada tal reclamación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Jueves, 21 de diciembre de 2023
página 19123/7
a) Acta de constitución.
b) Acta de elaboración de los criterios de evaluación.
c) Acta de celebración de la prueba.
d) Acta de votación que incluirá los votos y los informes razonados de cada miembro
de la Comisión de Selección.
e) Propuesta de adjudicación de la plaza a favor del concursante que haya obtenido
mayor número de votos favorables.
11.2. El Secretario o Secretaria de la Comisión de Selección depositará, en el plazo
máximo de siete días hábiles, en la secretaría del departamento al que estén adscritas
las plazas, la documentación entregada por los aspirantes en el acto de presentación.
11.3. El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de adjudicación de
las plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan el nombramiento del concursante seleccionado.
13. Presentación de documentos y nombramientos.
13.1. Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en
el Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad, en el plazo de veinte
días hábiles siguientes al de la publicación de la propuesta de provisión, por cualquiera
de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes
documentos:
a) Certificación médica oficial de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de la Administración del
Estado, Institucional o Local ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas,
en virtud de expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública. Aquellos que no posean la nacionalidad española deberán acreditar
no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado,
el acceso a la función pública mediante certificación expedida por las autoridades
competentes de su país de origen.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán exentos
de presentar los documentos reseñados, debiendo presentar, en caso de no ser funcionarios
de la Universidad de Málaga, certificación expedida por el Ministerio u Organismo del que
dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas circunstancias consten en
su Hoja de Servicios, excepto quienes sean funcionarios de la Universidad de Málaga.
Los aspirantes que se encuentren prestando servicios en la Universidad de Málaga,
estarán exentos de justificar estos requisitos.
13.2. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado este trámite, por causa imputable
al candidato, éste decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza para la que ha sido
seleccionado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294279
12. Reclamación contra la propuesta de resolución.
12.1. Los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector contra la
propuesta de provisión de la plaza realizada por la Comisión, en el plazo máximo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del
Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga.
Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta la
resolución definitiva.
12.2. La reclamación será examinada por la Comisión de Reclamaciones mediante el
procedimiento previsto en el artículo 13 del Reglamento que regula el procedimiento de
los concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la UMA.
Transcurridos tres meses, sin que la Comisión de Reclamaciones se haya pronunciado
al efecto, se entenderá desestimada tal reclamación.