Autoridades y personal. . (2023/243-5)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, por la que se adjudica una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo enfermedad mental, para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz y de la Infancia y Adolescencia de Andalucía (BOJA núm. 207, de 27 de octubre de 2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 243 - Jueves, 21 de diciembre de 2023

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2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ
Resolución de 14 de diciembre de 2023, por la que se adjudica una beca
destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo enfermedad mental,
para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y
tareas de apoyo administrativo u otras que se estimen pertinentes en la Oficina
del Defensor del Pueblo Andaluz y de la Infancia y Adolescencia de Andalucía
(BOJA núm. 207, de 27 de octubre de 2023).
En virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del
Defensor del Pueblo Andaluz, vista la propuesta de la Comisión de Selección, y de
acuerdo a las bases de la convocatoria,
RESU ELVO
Adjudicar una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo
enfermedad mental, para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal
subalterno y tareas de apoyo administrativo en la oficina del Defensor del Pueblo Andaluz,
convocada por Resolución de 11 de octubre de 2023 (BOJA núm. 207, de 27 de octubre de
2023), a doña ARSM con DNI 2870*****, que deberá incorporarse el 2 de enero de 2024.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición ante el Defensor del Pueblo Andaluz en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 10.1.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00294334

Sevilla, 14 de diciembre de 2023.- El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu
Gregorio de Tejada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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