Autoridades y personal. . (2023/242-54)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca a concurso público un contrato temporal de Personal de Apoyo a la Investigación.
15 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Miércoles, 20 de diciembre de 2023

página 19165/4

6. Solicitudes.
6.1. Los/as candidatos/as deberán presentar su solicitud en los quince días siguientes
a la publicación de la presente convocatoria en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
(BOJA).
6.2. Las personas destinatarias de la presente convocatoria están obligadas a
relacionarse electrónicamente con la Universidad para la realización de cualquier trámite
del presente procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del Reglamento por el que se
regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022).
6.3. Conforme al artículo 10.2.a) del Reglamento por el que se regula el uso y
funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022), la solicitud que se formalizará en el impreso
normalizado recogido en el Anexo III de esta resolución y la documentación referenciada
en el apartado 6.6 que, en su caso, acompañe a esta, deberá presentarse en el registro
electrónico general de la Universidad Pablo de Olavide
(https://upo.gob.es/registro-electronico/), así como en los restantes registros electrónicos
de cualquier entidad pública a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.4. Las personas extranjeras que, por no reunir los requisitos exigidos para ello, no
puedan disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada
basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por
prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios de
confianza», estarán exceptuadas en este procedimiento de la obligación de relacionarse
electrónicamente con la Universidad, con base en los apartados 3 y 4 del artículo 4 del
Reglamento por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General
de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022). Por
tanto, podrán presentar su solicitud y la documentación que, en su caso, acompañe a
esta, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.5. En caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o
festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.
6.6. En la solicitud, la persona solicitante deberá indicar la referencia del proceso
selectivo al que deseen concursar, tal y como se refleja en el Anexo II de esta resolución.
6.7. A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
• Curriculum vitae del solicitante.
• Fotocopias del título (o resguardo de haberlo solicitado) y de la certificación
académica oficial.
• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente
del solicitante.
• Resto de méritos, debidamente documentados en función de los requisitos de la
convocatoria.
• Anexos IV y V de esta convocatoria, debidamente formalizados.
6.8. Los méritos que se aleguen tras la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, no serán tenidos en cuenta para la evaluación de las solicitudes de los
candidatos.
6.9. El candidato seleccionado deberá presentar los originales de la documentación
aportada en su solicitud, para la correspondiente formalización del contrato.
6.10. Una vez finalizado el proceso selectivo, los/as aspirantes no seleccionados/as
podrán solicitar por escrito la devolución de la documentación aportada que, en caso
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00294330

5. Duración del contrato.
La duración del contrato será la establecida en el Anexo II, en ejecución de las tareas
y en el marco del proyecto de investigación especificados en el mismo.