3. Otras disposiciones. . (2023/242-66)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delega la competencia para la adjudicación de los contratos basados en el Acuerdo Marco del Servicio de Asistencia Sanitaria complementaria para procedimientos quirúrgicos a usuarios del Servicio Andaluz de Salud.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Miércoles, 20 de diciembre de 2023

página 19157/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se delega la competencia para la adjudicación de
los contratos basados en el Acuerdo Marco del Servicio de Asistencia Sanitaria
complementaria para procedimientos quirúrgicos a usuarios del Servicio
Andaluz de Salud.
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz
de Salud, propone la celebración de un acuerdo marco con varias empresas, por el
que se fijan las condiciones para la contratación del servicio de asistencia sanitaria
complementaria para procedimientos quirúrgicos a usuarios del Servicio Andaluz de
Salud en centros sanitarios y servicios privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía
y provincias limítrofes pertenecientes a otras Comunidades Autónomas.
Al tratarse de un servicio de uso común para todos los centros, se considera idóneo,
a efectos de racionalizar la contratación de los mismos por parte del Servicio Andaluz de
Salud, la conclusión de un acuerdo marco, puesto que permite armonizar en todos los
centros las condiciones para su realización.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo
marco con varios empresarios, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero
de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa, aconsejan
que la gestión de estos servicios se realice, mediante la adjudicación de los contratos
basados en el acuerdo marco, además de por el Director General de Gestión Económica
y Servicios, también por las personas titulares de las Direcciones Gerencias de los
distintos Hospitales de referencia de cada una de las provincias andaluzas, previa
delegación de la competencia, los cuales se celebrarán con la empresa adjudicataria de
cada lote para la realización de los distintos procedimientos quirúrgicos que forman parte
de este acuerdo.
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación al Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y
de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Delegar las competencias para la adjudicación de los contratos basados
en el acuerdo marco con varias empresas, por el que se fijan las condiciones para la
contratación del servicio de asistencia sanitaria complementaria para procedimientos
quirúrgicos a usuarios del Servicio Andaluz de Salud en centros sanitarios y servicios
privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía y provincias limítrofes pertenecientes
a otras Comunidades Autónomas, en las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los siguientes Centros Hospitalarios: Hospital Universitario Torrecárdenas, Hospital
Universitario Puerta del Mar, Hospital Universitario Reina Sofía, Hospital Universitario
Virgen de las Nieves, Hospital Universitario Juan Ramón Jiménez, Hospital Universitario
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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