3. Otras disposiciones. . (2023/241-29)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede modificación de autorización administrativa previa y de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica, ubicada en los términos municipales de Valencina de la Concepción y Salteras (Sevilla), así como de la Declaración en concreto de Utilidad Pública (PP. 3408/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023

página 18474/6

• Emplazamiento: Según anexo adjunto.
• Longitud tramos: Valencina de la Concepción: 222,03 metros.

Salteras: 3.322,37 metros.
Proyectos técnicos:
• Proyecto Modificado de Ejecución de Línea Eléctrica de Alta Tensión 220 kV, de
Simple Circuito SET.
Casilla – SE Campofrío, visado núm. VIS-001259/23 de fecha 18.5.2023 del Cogitial.
• Proyecto de Ejecución de la Subestación Eléctrica 30/220 kV 100 MVA «SET
Casilla», visado núm. 58. de fecha 14.1.2020, núm. expediente 97256 del Cogitial.
• Anexo II al Proyecto de Ejecución de Subestación Eléctrica 30/220 kV 100 MVA
«SET Casilla», visado núm. 1606 de fecha 6.8.2020, núm. expediente 97261 del Cogitial.
• Proyecto de Ejecución de Planta Solar Fotovoltaica en t.m. Valencina de la
Concepción (Sevilla) - «PSF La Pizana Solar PV», visado núm. 52, de fecha 14.1.2020,
núm. expediente 97256 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Almería
(Cogitial).
• Anexo I al Proyecto de Ejecución «PSF La Pizana Solar PV», visado núm. 1418 de
fecha 15.7.2020, núm. expediente 97256 del Cogitial.
• Anexo III al Proyecto de Ejecución «PSF La Pizana Solar PV», firmado mediante
declaración responsable en fecha 22.7.2021.
Técnicos titulados competentes:
• Juan José Gázquez Gonzálvez, colegiado núm. 845 del Colegio Oficial de Ingenieros
Técnicos Industriales de Almería.
• Guillermo Berbel Castillo, colegiado núm. 15152 del Colegio Oficial de Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos.

Tercero. La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica
comprenderá:
• La declaración de utilidad pública llevará implícita, la necesidad de ocupación de los
bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la
condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.
• Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la
instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales
del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de
la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
• Para la imposición de servidumbre de paso sobre los bienes indicados en el
apartado anterior y montes de utilidad pública, no será necesario cumplir lo dispuesto
sobre imposición de gravámenes en dichos bienes en las correspondientes Leyes de
Patrimonio y de Montes, sin perjuicio de las indemnizaciones correspondientes.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el
cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones
Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés
general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes
o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos
del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.