Autoridades y personal. . (2023/241-25)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plazas de Profesor/a Permanente Laboral.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023

UNIVERSIDADES

página 19020/21

Hoja 21 de 25

UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

ANEXO VI. BAREMO PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PROFESORES CONTRATADOS
DOCTORES DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

A. CRITERIOS GENERALES
1. Todos los méritos de los candidatos se valorarán de acuerdo con el baremo correspondiente a la figura de profesor contratado a la que
concursa.
2. Como se dispone en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se considerará mérito preferente estar
habilitado para participar en los concursos a los que se refiere el artículo 63 de la referida Ley.
3. La valoración de los méritos alegados por los candidatos en cada una de las dimensiones contempladas en el baremo se realizará de
acuerdo con la coherencia y correspondencia de dichos méritos con el área de conocimiento de la plaza a la que concursa. En consecuencia, y
una vez valorado el mérito, éste se multiplicará por un coeficiente corrector en función de su adecuación al área de la plaza de acuerdo con los
siguientes criterios:



Pertinencia alta (área de la plaza): 1



Pertinencia media (área afín a la plaza): 0,50



Pertinencia baja (área poco afín a la plaza): 0,25



Pertinencia muy baja (área no afín a la plaza): 0,10

La pertinencia aplicable a la Memoria de Licenciatura y Grado de Doctor, incluidos los cursos de doctorado, será la misma que se aplique al
expediente académico.
4. Cuando un aspirante supere la puntuación máxima en alguno de los apartados I a IV del baremo, a éste se le concederá el nivel máximo, en
tanto que la valoración de los demás concursantes se hará de forma proporcional. Por ello, tanto la puntuación conseguida en cada uno de
estos apartados, como la puntuación total alcanzada en el concurso ha de considerarse única y exclusivamente como una medida relativa
establecida con respecto al resto de los candidatos del mismo concurso. Por el mismo motivo, en ningún caso dicha puntuación puede ser
extrapolable o comparable con la obtenida en otro u otros concursos a los que pudiera presentarse cada candidato.
5. Aquellas puntuaciones referidas a duración o dedicación de un mérito se valorarán según lo establecido en cada apartado o, en su defecto,
de forma proporcional.
6. Cuando una única actividad lleve aparejado más de un mérito, se valorará exclusivamente el mérito mejor puntuado en el baremo.

B. BAREMO PARA LAS PLAZAS DE PROFESOR CONTRATADO DOCTOR Y NORMAS PARA SU APLICACIÓN
I. FORMACIÓN ACADÉMICA (hasta 10 puntos)
1.1. Expediente académico
El expediente académico de la titulación necesaria para concursar a la plaza ofertada y más pertinente a su perfil se puntuará según el
siguiente criterio: Aprobado o convalidado: 1 punto; Notable: 2 puntos; Sobresaliente: 3 puntos; Matrícula de Honor: 4 puntos.
La nota media de la titulación se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
Nota Media = (Σ nota asignatura i * número créditos asignatura i ) / total créditos cursados
Se primarán las calificaciones obtenidas en las asignaturas afines al perfil de la plaza añadiendo a la Nota Media así obtenida 0,05 puntos por
cada calificación de Matrícula de Honor y 0,02 puntos por cada sobresaliente.
Se primará la calificación obtenida en el Proyecto Fin de Carrera cuando sea afín al perfil de la plaza añadiendo a la Nota Media así obtenida
0,05 puntos por cada calificación de Matrícula de Honor y 0,02 puntos por cada sobresaliente.
La puntuación otorgada en este apartado del baremo será el resultado de la siguiente operación:
Puntuación expediente académico = Nota Media * 1,25
1.2. Premio extraordinario de Licenciatura
Se otorgará 1 punto cuando el concursante haya merecido la distinción de premio extraordinario de Licenciatura.
1.3. Tesina de Licenciatura o Grado de Licenciado
Se otorgará 1 punto cuando el concursante haya obtenido la máxima calificación.

La obtención del grado de doctor por parte del concursante se valorará en función de la calificación obtenida: apto o aprobado 7 puntos;
notable: 8 puntos; sobresaliente: 9 puntos; apto cum laude y sobresaliente cum laude: 10 puntos.
1.5. Premio extraordinario de doctorado

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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1.4. Grado de doctor