Autoridades y personal. . (2023/241-23)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, por promoción interna y por turno libre.
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Número 241 - Martes, 19 de diciembre de 2023

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a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional
de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de
la Comunidad Europea.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,
así como sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores
de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación
forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación de Doctor.
2.2. Requisitos específicos: Los solicitantes deberán reunir los requisitos específicos
que a continuación se señalan:
2.2.1. Plazas de Catedrático de Universidad.
a) Haber sido acreditado/a para el Cuerpo Docente de Catedrático de Universidad, de
acuerdo con lo que prevé el R.D. 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la
acreditación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios,
en su actual redacción o estar habilitados/as conforme a lo establecido en el Real Decreto
774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el
acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concurso
de acceso respectivos.
En caso de haber sido acreditado o acreditada tras la modificación introducida por el
Real Decreto 415/2015, deberá serlo por la misma rama de conocimiento de la plaza a
la que corresponde el área de conocimiento de la plaza convocada, todo ello de acuerdo
con el Anexo 1 del Real Decreto 1312/2007.
b) Pertenecer al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a la Escala de
Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, y haber, prestado
como mínimo dos años de servicio efectivos bajo dicha condición.
2.2.2. Plazas de Profesor Titular de Universidad:
a) Haber sido acreditado/a para el Cuerpo Docente de Profesor Titular de Universidad,
de acuerdo con lo que prevé el R.D. 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la
acreditación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios,
en su actual redacción o estar habilitados/as conforme a lo establecido en el Real Decreto
774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el
acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concurso de
acceso respectivos. Se entenderá que los habilitados/as para el cuerpo de Catedrático/a de
Escuela Universitaria lo están para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
En caso de haber sido acreditado o acreditada tras la modificación introducida por el
Real Decreto 415/2015, deberá serlo por la misma rama de conocimiento de la plaza a
la que corresponde el área de conocimiento de la plaza convocada, todo ello de acuerdo
con el Anexo 1 del Real Decreto 1312/2007.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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