Autoridades y personal. . (2023/240-24)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud para el curso 2023/2024 en el Campus de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023

página 18947/2

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de
la presente convocatoria en el BOJA, a través de la sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Para que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación
justificativa de los requisitos de participación en el concurso, la Universidad de Granada
accederá a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad
y con la única finalidad de verificación y consulta de los datos consignados en la
inscripción, salvo que el/la solicitante desee presentar la documentación por manifestar
su oposición motivada a la consulta. Esta oposición deberán manifestarla en el apartado
correspondiente de la solicitud en sede electrónica.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso serán
tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones
necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se
publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. La Universidad de Granada tomará medidas para que esa información no sea
indexada por los buscadores de internet. La base legal para el tratamiento de estos datos
son las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Universidad de Granada es
responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos
en https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos. Los derechos de protección
de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento
por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada. Los
interesados pueden ejercer sus derechos también ante el Consejo de Transparencia
y Protección de Datos de Andalucía. Pueden consultar información adicional sobre el
tratamiento de datos personales en procesos selectivos de personal en el siguiente
enlace:
https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos/leyendas-informativas/_img/
informacionadicionalprocesosselectivos/%21
3.2. Documentación acreditativa de los requisitos de participación en el concurso:
3.2.1. En el caso de no oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los
datos consignados en la solicitud, se deberá acompañar, para cada una de las plazas a
las que se aspire, los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado en CaixaBank en la cuenta abierta a nombre de
«Universidad de Granada. Pruebas selectivas» ES71 21004224391300721670 la
cantidad de 30 euros en concepto de derechos, especificando el código de la plaza a la
que se concursa. En el justificante debe constar el nombre del/la candidata/a y el código
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Los contratos que se adjudiquen estarán vinculados a la correspondiente Área
de Conocimiento y Departamento de la Universidad de Granada, así como al Ámbito
Asistencial correspondiente y al Servicio y/o Unidad Asistencial descritos en el Anexo de
plazas.
2.7. Funciones: Las funciones a realizar por los contratados y su régimen jurídico, en
general, será el contenido en el Real Decreto 1558/86 y en la legislación de aplicación al
caso.
No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados,
mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o se encuentren inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas o
padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.