5. Anuncios. . (2023/240-46)
Anuncio de 27 de octubre de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por el que se hace pública la resolución de la Dirección General de Minas, por la que se declaran francos los terrenos y se convoca concurso público de los registros que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Lunes, 18 de diciembre de 2023

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ANEXO II - BASES QUE REGIRÁN EL CONCURSO.
PRIMERA.- Solicitudes.
1. Las solicitudes se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento General para el Régimen de la
Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de Agosto (Boletín Oficial del Estado número 295 y 296,
de 11 y 12 de diciembre); al artículo 11 de la Ley 54/1980, de 5 de noviembre (Boletín Oficial del Estado
número 28, de 21 de noviembre), de modificación de la Ley 22/1973, de Minas; así como al Real Decreto
975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y
rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras (Boletín Oficial del Estado número 143, de 13 de
junio), modificado por el Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo (Boletín Oficial del Estado número 118, de 17
de mayo); a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y estarán conformadas por la documentación contemplada en el apartado 2 de
esta base primera.
2. En la solicitud se hará constar la razón social o el nombre y apellidos de la persona concursante, así como
su vecindad y domicilio y denominación y número de registro del derecho minero que alberga los terrenos
declarados francos a los que se concursa, o números de registro de los derechos mineros, si son varios,
siempre que éstos sean colindantes o bien abarquen una extensión determinada y concreta, medida en
cuadrículas mineras agrupadas sin solución de continuidad, acompañada de dos sobres cerrados
debidamente numerados (número 1 y número 2) cuyo contenido es el que se especifica en los apartados 4 y
5 de esta base primera y en los que se indicará la personalidad jurídica de la persona solicitante y el concurso
a que se refiere. Toda la documentación que se ha de aportar en el presente concurso se presentará en
lengua española.
3. Obran en la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y
Minas en Sevilla, a disposición de las personas interesadas, durante las horas de oficina, los datos relativos a
la situación geográfica de las superficies sometidas a concurso, pudiéndose consultar también en el Portal
Andaluz de la Minería, al que se puede acceder a través de la dirección URL que prosigue a continuación:



http://www.juntadeandalucia.es/portalandaluzdelamineria/

4. En el SOBRE N.º 1, DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD PARA SER TITULAR DE DERECHOS
MINEROS, deberá incluirse:
a)

En el caso de personas físicas, acreditarán su personalidad y capacidad mediante el Documento
Nacional de Identidad o, en su caso, documento equivalente. La mesa del concurso podrá consultar
los datos de identidad a través de los sistemas de verificación correspondientes siempre que no
medie derecho de oposición. En caso de que se ejercite el derecho de oposición, deberán presentar
copia electrónica del Documento Nacional de Identidad o del documento equivalente.

b) En el caso de persona jurídica, escritura o documento de constitución o actualización, los estatutos o

c)

Capacidad de obrar de concursantes no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la
Unión Europea o Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que se
acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado
donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula la actividad. Deben
presentar las escrituras de constitución de la empresa, con su objeto social, en el que debe figurar el
de actividades mineras, así como los estatutos de la misma, debidamente inscritos, en su caso, en el
Registro público que corresponda, y poderes de la persona representante debidamente
bastanteados y fotocopia compulsada de su DNI, o bien autorización para su comprobación de
oficio.