Disposiciones generales. . (2023/239-1)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se aprueban subvenciones para el fomento de la participación de confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres del alumnado en Andalucía para el curso 2023/2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18929/5
3. Los criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos de condiciones
impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones serán los establecidos en el
apartado 27.b) de cada Cuadro Resumen.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho
público. El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal
del dinero incrementado en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del
Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente.
5. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponde
a los órganos señalados en el apartado 27.c) del Cuadro Resumen de «Fomento de la
participación para Confederaciones y Federaciones de madres y padres del alumnado en
Andalucía». El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución
será de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación, tendrá siempre carácter
administrativo.
6. La resolución de reintegro será notificada a la persona o entidad interesada con
indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente,
recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General competente en
materia de participación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Sevilla, 30 de noviembre de 2023.- La Directora General, Almudena García Rosado.
ANEXO I
RELACIÓN DE CONFEDERACIONES Y FEDERACIONES DE ASOCIACIONES
DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO BENEFICIARIAS DE SUBVENCIONES
PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN
DURANTE EL CURSO 2023/2024
1
2
3
4
ENTIDAD
Confederación Andaluza de Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado por la
Educación Pública (CODAPA)
Confederación de padres de familias y padres y madres de alumnos de Andalucía
(CONCAPA - ANDALUCÍA)
Federación Andaluza de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de la Enseñanza
Privada (FAPYMA)
Confederación Andaluza de asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas
calidad en igualdad (CONFEDAMPA)
TOTAL
ENTIDAD
CODAPA
CONCAPA - ANDALUCÍA
FAPYMA
CONFEDAMPA
TOTAL
SUBVENCIÓN
SOLICITADA
735.388,00 €
207.000,00 €
155.000,00 €
62.000,00 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
PRESUPUESTO
ACEPTADO
579.740,83 €
116.490,91 €
21.026,65 €
18.388,00 €
SUBVENCIÓN
CONCEDIDA
579.740,83 €
116.490,91 €
21.026,65 €
18.129,61 €
735.388,00 €
CIF
SUBVENCIÓN
G18050732
579.740,83 €
G72223399
116.490,91 €
G90290784
21.026,65 €
G91818278
18.129,61 €
2023
(50%)
289.870,42 €
58.245,46 €
10.513,33 €
9.064,80 €
367.694,01 €
735.388,00 €
2024
(50%)
289.870,41 €
58.245,45 €
10.513,32 €
9.064,81 €
367.693,99 €
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00294051
NÚM.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023
página 18929/5
3. Los criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos de condiciones
impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones serán los establecidos en el
apartado 27.b) de cada Cuadro Resumen.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho
público. El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal
del dinero incrementado en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del
Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente.
5. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponde
a los órganos señalados en el apartado 27.c) del Cuadro Resumen de «Fomento de la
participación para Confederaciones y Federaciones de madres y padres del alumnado en
Andalucía». El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución
será de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación, tendrá siempre carácter
administrativo.
6. La resolución de reintegro será notificada a la persona o entidad interesada con
indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente,
recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General competente en
materia de participación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Sevilla, 30 de noviembre de 2023.- La Directora General, Almudena García Rosado.
ANEXO I
RELACIÓN DE CONFEDERACIONES Y FEDERACIONES DE ASOCIACIONES
DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO BENEFICIARIAS DE SUBVENCIONES
PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN
DURANTE EL CURSO 2023/2024
1
2
3
4
ENTIDAD
Confederación Andaluza de Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado por la
Educación Pública (CODAPA)
Confederación de padres de familias y padres y madres de alumnos de Andalucía
(CONCAPA - ANDALUCÍA)
Federación Andaluza de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de la Enseñanza
Privada (FAPYMA)
Confederación Andaluza de asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas
calidad en igualdad (CONFEDAMPA)
TOTAL
ENTIDAD
CODAPA
CONCAPA - ANDALUCÍA
FAPYMA
CONFEDAMPA
TOTAL
SUBVENCIÓN
SOLICITADA
735.388,00 €
207.000,00 €
155.000,00 €
62.000,00 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
PRESUPUESTO
ACEPTADO
579.740,83 €
116.490,91 €
21.026,65 €
18.388,00 €
SUBVENCIÓN
CONCEDIDA
579.740,83 €
116.490,91 €
21.026,65 €
18.129,61 €
735.388,00 €
CIF
SUBVENCIÓN
G18050732
579.740,83 €
G72223399
116.490,91 €
G90290784
21.026,65 €
G91818278
18.129,61 €
2023
(50%)
289.870,42 €
58.245,46 €
10.513,33 €
9.064,80 €
367.694,01 €
735.388,00 €
2024
(50%)
289.870,41 €
58.245,45 €
10.513,32 €
9.064,81 €
367.693,99 €
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