3. Otras disposiciones. . (2023/239-44)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y ejecución de proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada para el año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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8.2. Cuando el último día de plazo de presentación de solicitudes sea inhábil, se
prorrogará hasta el siguiente día hábil.
8.3. Cuando la solicitud se presente en un registro distinto de la Universidad de
Huelva, deberán remitir copia escaneada a la siguiente dirección de correo electrónico
unidad.pti@sc.uhu.es, a fin de que dichas solicitudes puedan incluirse en los listados de
admitidos y excluidos.
9. Admisión de solicitudes.
9.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional
de personas admitidas y excluidas en el Tablón Electrónico de la Universidad de Huelva
(TEO), así como en la página web https://www.uhu.es/personal-tecnico-apoyo/, a
efectos meramente informativos, concediéndose un plazo de 10 días hábiles, desde la
publicación en el TEO para que las personas interesadas subsanen los defectos, aporten
la documentación requerida y/o presenten las alegaciones que estimen pertinentes.
9.2. Se tendrá por desistidas a las personas solicitantes que no aporten la
documentación requerida o no subsanen los defectos. Posteriormente, se publicarán en
los mismos medios referidos con anterioridad, la lista definitiva de las personas admitidas
y excluidas, remitiéndose los expedientes a la Comisión de Valoración para su resolución.

11. Resolución, publicación y medios de impugnación.
11.1. La propuesta de resolución de la Comisión de Valoración, de acuerdo con lo
dispuesto en la base 10.1, se hará pública en el Tablón de Electrónico de la Universidad
de Huelva TEO, y a efectos meramente informativos, en la página web, https://www.uhu.
es/personal-tecnico-apoyo/ dentro de los 3 días hábiles siguientes a su formulación.
11.2. Contra la resolución de la Comisión de Valoración sobre la propuesta de
adjudicación, que no agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de alzada ante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293981

10. Comisiones de Valoración de las solicitudes.
10.1. La Comisión de Valoración tendrá una composición ajustada a los principios de
imparcialidad, profesionalidad y paridad entre mujeres y hombres. La Comisión realizará
la propuesta de adjudicación del contrato o, en su caso la declaración de la adjudicación
como desierta cuando el currículum de las personas candidatas no se adecúe a las
funciones a desarrollar.
Si la persona adjudicataria del contrato, renuncia al mismo, se podrá ofertar al
siguiente candidato por orden de puntuación, siempre y cuando el candidato sea
considerado apto y se adecue a las funciones a desarrollar.
10.2. Formarán parte de cada Comisión de Valoración 3 personas expertas en el
área correspondiente y de titulación igual o superior a la plaza convocada, a propuesta
de la persona responsable del proyecto, subvención, convenio y contrato con terceros
de duración determinada. Actuará como Secretario/a, con voz y sin voto, un miembro del
Servicio de Recursos Humanos o del Servicio de Investigación.
10.3. En las sesiones que celebren las Comisiones de Valoración podrán estar
presentes, con voz, pero sin voto, dos miembros del Comité de Empresa del PTGAS o
dos miembros del Comité de Empresa de PDI, según cual sea el objeto del contrato, a
cuyo efecto la persona que presida la Comisión girará la convocatoria a la presidencia del
correspondiente Comité.
10.4. Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a
la autoridad convocante, cuando concurran en ellos las causas de abstención previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión
cuando concurra alguna de dichas causas.
10.5. El acta de cada sesión de la correspondiente Comisión de Valoración será
remitida a las secciones sindicales.