3. Otras disposiciones. . (2023/239-41)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: especial referencia a su impacto social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

página 18854/74

Anexo 11. Comparativa cuantía RMISA con distintas referencias
PORCENTAJE DE LAS CUANTÍAS RMISA SOBRE SMI Y RENTA MEDIA

€/mes

2018
2019
2020
2021
IPREM
537,84
537,84
537,84
564,90
Cantidad base RMISA (78% IPREM) (1)
419,52
419,52
419,52
440,62
Cuantía máxima RMISA (125% IPREM) (1)
672,30
672,30
672,30
706,13
Cuantía máxima incrementada casos especiales RMISA (145% IPREM) (1)
779,87
779,87
779,87
819,11
SMI (2)
735,90
900,00
950,00
950,00
Cuantía base sobre el SMI (%)
57,01%
46,61%
44,16%
46,38%
Cuantía máxima sobre el SMI (%)
91,36%
74,70%
70,77%
74,33%
Cuantía máxima incrementada sobre el SMI (%)
105,97%
86,65%
82,09%
86,22%
Renta media por persona mensual (nacional)
951,00
973,33
1.024,33
1.022,42
% cuantía base sobre la renta media por persona a nivel nacional
44,11%
43,10%
40,96%
43,10%
% cuantía máxima sobre la renta media por persona a nivel nacional
70,69%
69,07%
65,63%
69,06%
% cuantía máxima incrementada sobre la renta media a nivel nacional
82,01%
80,12%
76,13%
80,12%
Renta media por persona mensual (autonómico)
771,50
763,33
832,50
826,25
% cuantía base sobre la renta media por persona a nivel autonómico
54,38%
54,96%
50,39%
53,33%
% cuantía máxima sobre la renta media por persona a nivel autonómico
87,14%
88,07%
80,76%
85,46%
% cuantía máxima incrementada sobre la renta media a nivel autonómico
101,08%
102,17%
93,68%
99,14%
Fuente: Art. 11.1 del DL 3/2017, INE y Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Cuadro nº 63
Nota: (1) En el art. 11.1 del DL 3/2017 se establece que la RMISA consiste en una prestación económica mensual del 78% del IPREM,
calculada en 12 mensualidades, vigente en la fecha de la resolución de la solicitud, incrementada ésta en un 10% del IPREM por cada
persona integrante de la unidad familiar distinta de la persona solicitante de la misma, hasta un máximo equivalente del 125% de dicho
IPREM. En algunos casos especiales, unidades familiares de 6 o más personas con al menos tres menores, familias monomarentales o
monoparentales con menores a su cargo y unidades familiares con personas con discapacidad, el importe máximo de la RMISA puede
alcanzar hasta el 145% (puntos A.14 y A.15 del apéndice 2).
(2) El Salario Mínimo Interprofesional es la retribución mínima fijada por el gobierno, por debajo de la cual no puede estar ningún salario.
Constituye una garantía de ingresos mínimos para todos los trabajadores.

Anexo 12. Comparativa cuantía RMISA con umbrales de pobreza
A.54.

Los importes de la prestación por tipo de unidad familiar en el periodo analizado se recogen en
el cuadro nº 25 del apéndice 2.
Siguiendo los criterios de Eurostat, el umbral de riesgo de pobreza se fija en el 60% de la mediana
de los ingresos por unidad de consumo de las personas. La mediana es el valor que, ordenando
a todos los individuos de menor a mayor ingreso, deja una mitad de los mismos por debajo de
dicho valor y a la otra mitad por encima. Por tanto, su valor depende del nivel de renta y de cómo
se distribuya entre la población. De esta forma, las variaciones anuales de la renta mediana producen variaciones en el umbral.
RENTA MEDIANA 2018-2021
2019
15.015
11.663

2020
16.043
13.097

UMBRAL DE LA POBREZA ANUAL
Nacional
Andalucía
Fuente: INE.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

2018
8.871
6.975

2019
9.009
6.998



2021
15.892
12.736
Cuadro nº 64

€/anuales
2020
9.626
7.858

2021
9.535
7.642
Cuadro nº 65

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293968

Nacional
Andalucía
Fuente: INE.

2018
14.785
11.625