3. Otras disposiciones. . (2023/239-41)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización operativa, con enfoque evaluador, de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: especial referencia a su impacto social.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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c) Baja intensidad de trabajo (BITH): personas de 18 a 64 años (excluyendo los estudiantes de
18 a 24 años, los jubilados o retirados, así como las personas inactivas entre 60 y 64 años cuya
fuente principal de ingresos sean las pensiones) que viven en hogares en los que sus miembros
en edad de trabajar lo hicieron menos del 20% de su potencial total del trabajo.
Otro indicador de pobreza comúnmente utilizado es la tasa de pobreza extrema (o severa) que
se define como la proporción de personas que viven en hogares cuyos ingresos por unidad de
consumo son inferiores al 40% de la mediana de la renta.

A.3.

Apéndice 2. Antecedentes y configuración de la RMISA
Antecedentes
Los antecedentes normativos en Andalucía de programas de rentas mínimas de inserción se inician con el Decreto 400/1990, de 27 de noviembre, por el que se creó el Programa de Solidaridad
de los Andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en Andalucía. Tras varios
años de ejecución de este programa, en 1998 se crea una Comisión para al objeto de revisar
algunos de sus contenidos, cuyos trabajos culminaron en la publicación del Decreto 2/1999, de
12 de enero, por el que se regula el Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación
de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía. Tras dieciocho años de aplicación de este decreto, y como consecuencia de los cambios sociales, económicos, laborales y normativos producidos en aquel entonces, se consideró una prioridad ineludible establecer un nuevo marco jurídico y de intervención en materia de renta mínima de inserción para tratar de adaptar la prestación a la realidad social del momento y hacerla más accesible a la población vulnerable.

A.4.

Sobre esta base, se aprueba el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la
Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía18.
Concepto, objeto y finalidad
La LSSA regula en el art. 42 las prestaciones garantizadas como aquellas cuyo reconocimiento
tiene el carácter de derecho subjetivo, son exigibles y su provisión es obligatoria para las administraciones públicas y, dentro de ellas, se incluyen las prestaciones económicas específicas y
directas orientadas a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la
exclusión social, que deberán incorporar un itinerario a través de un plan de inclusión y/o inserción sociolaboral.

A.5.

El art. 4.1 del DL 3/2017, de 19 de diciembre, define la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía como la prestación económica garantizada del Sistema Público de Servicios Sociales de
Andalucía orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la
exclusión social. La RMISA, una vez tramitada y resuelta en sentido favorable, tendrá como efecto
Este Decreto Ley fue modificado por la Ley 7/2018, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de
medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y tras la finalización de los trabajos de campo, tratándose por
tanto de un hecho posterior (apéndice 7), por el Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre, por el que se adoptan medidas de carácter
extraordinario y urgente en materia de Renta Mínima de Inserción Social, bono social térmico y de simplificación de los procedimientos
de expedición del título de familia numerosa y de atención a las personas con discapacidad en Andalucía, analizado en el apartado 5.9
de este informe, con motivo del análisis del impacto del IMV.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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