3. Otras disposiciones. . (2023/239-39)
Orden de 7 de diciembre de 2023, por la que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito de la Consejería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Viernes, 15 de diciembre de 2023

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titular de la Secretaría General Técnica su impulso y organización, así como velar por su
buen funcionamiento.

Artículo 8. Funciones del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería.
1. En el ámbito de la seguridad TIC, el Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC
de la Consejería tendrá asignadas las siguientes funciones:
a) Aprobar el desarrollo de la normativa de seguridad TIC de segundo nivel según
lo previsto en el artículo 20 de la presente orden, mediante normas que amplíen y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293978

Artículo 7. Composición del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la
Consejería.
1. El Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería estará compuesto
por los siguientes miembros:
a) Presidencia: La persona titular de la Viceconsejería.
b) Vicepresidencia: La persona titular de la Secretaría General Técnica.
c) Vocalías:
1.ª 
Las personas titulares de cada uno de los órganos directivos centrales de la
Consejería que tengan atribuidas funciones y tareas relacionadas con la custodia
y la seguridad de los activos adscritos a la Consejería o sobre algún sistema de
información.
2.ª 
Una persona en representación de los órganos periféricos de la Consejería,
designada por la persona titular de la presidencia, a propuesta de la persona
titular de la vicepresidencia entre las distintas personas responsables delegadas
de seguridad TIC en dichos órganos.
3.ª La persona que ostente el perfil de responsable de seguridad TIC de la Consejería.
4.ª La persona designada como responsable de la Unidad de Seguridad Interior.
5.ª Las personas titulares de las Coordinaciones Generales de la Viceconsejería y de
la Secretaría General Técnica.
6.ª La persona que ostente el perfil responsable de seguridad TIC en cada entidad
vinculada o dependiente de la Consejería.
7.ª La persona que ostente el perfil responsable de seguridad interior en cada entidad
vinculada o dependiente de la Consejería.
d) Secretaría: La persona titular de la jefatura del Servicio de Sistemas de Información
Sectoriales de la Agencia Digital de Andalucía destacado en la Consejería, con voz y
voto. La Secretaría, además de otros cometidos inherentes a sus funciones, se encargará
de convocar las reuniones por orden de la persona titular de la presidencia, preparar el
orden del día y elaborar el acta de las sesiones.
2. El Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería podrá convocar
a sus reuniones a las personas que en cada caso autorice la presidencia, por propia
iniciativa o a propuesta de alguno de sus miembros. Asimismo, podrá recabar de personal
técnico especializado, propio o externo, en calidad de asesores, la información pertinente
para la toma de decisiones, así como invitar a dicho personal a las reuniones con voz y
sin voto.
Igualmente el Comité, cuando proceda en función de los asuntos a tratar en el orden
del día de la reunión, podrá convocar a la persona que desempeñe las funciones del
delegado o delegada de protección de datos de la Consejería, en calidad de asesora en
materia de protección de datos.
3. Todo el personal participante deberá guardar el debido secreto respecto de los
asuntos de que hayan tenido conocimiento.
4. La composición del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería
deberá garantizar la representación equilibrada de mujeres y hombres, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3.3 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de
la Igualdad de Género en Andalucía.