Disposiciones generales. . (2023/238-3)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, de ampliación de crédito para la línea 1 de ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Jueves, 14 de diciembre de 2023

página 18831/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 5 de diciembre de 2023, del Instituto Andaluz de la Mujer, de
ampliación de crédito para la línea 1 de ayudas económicas para mujeres
víctimas de violencia de género.
HECHOS

Denominación de la línea
Línea 1. A
 yudas económicas para mujeres víctimas
de violencia de género

Cuantía máxima
(euros)

Posiciones presupuestarias

180.000 €

1831010000 G/31T/48003/00 01

3.º El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de 2023 se establece
desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del mismo año.
4.º El aumento de la publicidad y mejora de la información con respecto a la ayuda
económica que protege a las víctimas y permite su independencia, ha ocasionado que
el volumen de solicitudes a los servicios de atención a las mujeres víctimas de violencia
de género del Instituto Andaluz de la Mujer haya aumentado de forma considerable,
haciendo insuficiente la estimación del crédito inicial.
5.º Las ayudas económicas que se financian con esta convocatoria son un recurso
esencial para las mujeres víctimas de violencia de género, al posibilitar una vía de
subsistencia a las beneficiarias para la salida y recuperación de la violencia padecida.
6.º En base al crédito dispuesto en la convocatoria para el año 2023, se han emitido 36
resoluciones estimatorias para la línea 1.
7.º A fecha 30 de noviembre de 2023 queda un saldo A de la convocatoria 2023 de 720 €,
para la línea 1, cantidad que no es suficiente para la concesión de las ayudas pendientes.
8.º Revisados los expedientes pendientes de resolución:
-D
 e la línea 1, hay 12 expedientes en tramitación por un total de 56.160 €. Teniendo
en cuenta que tenemos en fase A disponible un crédito de 720 €, la ampliación
de crédito que se solicita es de 55.440 €.
9.º Por lo anterior, y a fin de continuar con la tramitación de los expedientes en curso,
se considera oportuno proceder al incremento de crédito.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293944

1.º Con fecha 4 de marzo de 2021 se publicó la Orden de 23 de febrero de 2021, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en
régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres
víctimas de violencia de género (BOJA núm. 42, de 4 de marzo de 2021).
2.º El 4 de enero de 2023 se publica en BOJA la Resolución de 20 de diciembre de 2022,
del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa mediante tramitación anticipada
la convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, a
mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2023, estableciéndose las
cuantías máxima para cada una de la líneas de subvenciones correspondientes a la
anualidad, así como la partida presupuestaria a la que se carga (BOJA núm. 2, de 4
de enero de 2023). Concretamente se establece para la línea 1 de ayudas económicas
para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y
especiales dificultades para obtener un empleo la cantidad de 180.000 euros.