Autoridades y personal. . (2023/238-22)
Resolución de 11 de diciembre de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Ayudante Doctor para el curso 2023/24 en el campus de Granada.
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Número 238 - Jueves, 14 de diciembre de 2023

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accederá a las bases de datos de las Administraciones, con garantía de confidencialidad
y con la única finalidad de verificación y consulta de los datos consignados en la
inscripción, salvo que el/la solicitante desee presentar la documentación por manifestar
su oposición motivada a la consulta. Esta oposición deberán manifestarla en el apartado
correspondiente de la solicitud en sede electrónica.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso
serán tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las
comunicaciones necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de
identidad se publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales. La Universidad de Granada tomará medidas para que esa información
no sea indexada por los buscadores de internet. La base legal para el tratamiento de
estos datos son las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Universidad de Granada
es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos
en https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos. Los derechos de protección
de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento
por vía electrónica, a través de la sede electrónica de la Universidad de Granada. Los
interesados pueden ejercer sus derechos también ante el Consejo de Transparencia
y Protección de Datos de Andalucía. Pueden consultar información adicional sobre el
tratamiento de datos personales en procesos selectivos de personal en el siguiente
enlace:
https://secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos/leyendas-informativas/_img/
informacionadicionalprocesosselectivos/%21
3.2. Documentación acreditativa de los requisitos de participación en el concurso.
3.2.1. En el caso de no oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los
datos consignados en la solicitud, se deberá acompañar, para cada una de las plazas a
las que se aspire, los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado en CaixaBank en la cuenta abierta a nombre de
«Universidad de Granada. Pruebas selectivas» ES71 21004224391300721670 la cantidad
de 30 euros en concepto de derechos, especificando el código de la plaza a la que se
concursa. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud. Este pago debe efectuarse en el mismo
plazo que se establezca para la presentación de solicitudes.
Estarán exentas del pago de los precios públicos:
- Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
- Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos,
de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos
para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado
oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada,
en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo,
carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella
todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.En cuanto a la acreditación de
las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para
lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
- Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as, debiendo aportar
documentación que acredite tal condición.
- Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la
tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100
los que fueran de la categoría general.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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