Autoridades y personal. . (2023/237-20)
Resolución de 7 de diciembre 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Permanente Laboral para personal investigador que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal u otros programas de excelencia, nacionales o internacionales, y haya obtenido el Certificado I3 o el Certificado R3.
9 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

página 18755/4

La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de
solicitudes o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión
automática del/la solicitante en este procedimiento.
3.4. Los requisitos de participación de los/as aspirantes en el presente concurso
deberán ostentarse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4. Lista de admitidos.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad
de Granada dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir del día siguiente a la fecha
de publicación se contarán los plazos.
4.2. Contra la anterior resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10
días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar los
defectos en que hayan podido incurrir.
Los solicitantes deberán presentar esta reclamación a través de la sede electrónica,
utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación
provisional de admitidos/as y excluidos/as» disponible en dicha sede.
La resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a
la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán
formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la citada resolución o potestatívamente recurso
de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.

6. Desarrollo de las pruebas.
6.1. Acto de presentación.
6.1.1. Acto de presentación. El/la Presidente/a de la Comisión de Evaluación deberá
convocar, con una antelación mínima de diez días naturales, a los/as concursantes
definitivamente admitidos/as, señalando día, hora y lugar del acto de presentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293863

5. Comisiones de Evaluación.
5.1. La composición de las Comisiones de Evaluación, que figuran como Anexo III
de esta convocatoria, de acuerdo con la disposición transitoria décima primera de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, se ajustará a lo dispuesto en la
Normativa para la regulación de los concursos de plazas de Profesorado Contratado Doctor
en la Universidad de Granada, aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018.
5.2. Las Comisiones deberán constituirse en el plazo máximo de tres meses a contar
desde la publicación de la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as a concurso.
Para ello, el/la Presidente/a de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes
con los restantes miembros de la misma, dictará resolución de convocatoria en la que
se indicará lugar, día y hora para la constitución, que les deberá ser notificada con una
antelación mínima de 10 días naturales.
5.3. La constitución de la Comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros titulares o de los/as suplentes que les sustituyan. Quienes no concurran al
citado acto decaerán en sus derechos.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesario, al menos, la
presencia de tres de sus miembros.
5.4. En el mismo acto de constitución, la Comisión fijará y hará públicos en el tablón
de anuncios del Departamento al que pertenezca la plaza, así como en la página web del
Servicio de PDI, los criterios para la valoración del concurso que, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 121 de los Estatutos de la Universidad de Granada, respetarán
los principios constitucionales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.