Disposiciones generales. . (2023/237-2)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se reasigna el crédito de la Resolución de 16 de mayo de 2023, por la que se convoca, para el año 2023, la concesión de las subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

página 40130/2

solicitudes y resuelta la convocatoria, si se producen sobrantes de los créditos estimados
en el apartado 4 por no haber concurrido solicitudes suficientes para cubrir la dotación
presupuestada para cada una de las provincias y, previa modificación de la distribución
de los créditos aprobados en la presente convocatoria, se podrá hacer uso de ese crédito
en otras provincias, para lo cual se dictará una resolución complementaria de concesión
de la subvención, que incluya solicitudes, que, aún cumpliendo todos los requisitos, no
hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos».
Asimismo, el apartado 6 del resuelve noveno de la convocatoria establece que «Los
remanentes de créditos que se obtengan serán distribuidos entre el resto de provincias
atendiendo al orden de entrada de las solicitudes en el Registro Electrónico Único de la
Administración de la Junta de Andalucía».
Finalizado el plazo de solicitudes, hay provincias donde no se ha presentado ninguna
solicitud o bien se han presentado pero con un importe inferior al presupuestado en la
convocatoria.
No obstante lo anterior, existen provincias, como Almería, donde el importe solicitado
por las entidades solicitantes (1.102.400,00 euros) sobrepasa el crédito asignado en dicha
provincia (700.000 euros).
Por ello y conforme al apartado 23.a).2.º de las bases reguladoras donde se establece
la forma de pago y atendiendo a las habilitaciones de la resolución de convocatoria
anteriormente descritas, con el fin de optimizar el aprovechamiento máximo de los fondos,
parte del crédito sobrante será repartido en la provincia de Almería, para dar cobertura
a todas aquellas solicitudes que han resultado denegadas por el agotamiento del crédito
inicial, dado que esta es la única provincia donde el importe solicitado ha sobrepasado el
crédito dotado inicialmente.
En su virtud, de acuerdo con la disposición final primera de la Orden de 24 de febrero
de 2023, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Redistribuir los remanentes de créditos presupuestarios según se establece
en los siguientes cuadros:
PROVINCIA
ALMERÍA

CRÉDITO REASIGNADO
EJERCICIO 2023
EJERCICIO 2024
88.425,00 €
265.275,00 €

PARTIDA PRESUPUESTARIA
1200180000G/32D/47301/04/S0044

Segundo. Esta redistribución de crédito no implica la apertura de un nuevo plazo de
presentación de solicitudes.
Tercero. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 5 de diciembre de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (según disposición adicional primera de la Orden de 24.2.2023, BOJA núm. 42, de
3.3.2023), el Director General, José Manuel Delgado Utrera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293848

Quinto. La presente resolución surtirá efectos el día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.