Autoridades y personal. . (2023/237-18)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, conjunta de la Universidad de Granada y del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios vinculadas a Facultativos Especialista de Área de las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

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3.4. En el caso de oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los datos
consignados en la solicitud, además de la documentación requerida en el apartado
anterior deberá acompañar la siguiente documentación:
1. Fotocopia del DNI o Pasaporte.
2. Fotocopia del título oficial de especialista o, en su defecto, fotocopia de la
certificación supletoria provisional al título que tendrá una validez de un año desde la
fecha de emisión de dicha certificación (disposición final tercera del Real Decreto
22/2015, de 23 de enero). En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la
correspondiente homologación o reconocimiento por el órgano competente.
3. Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
4. Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
5. Certificado que acredite cumplir el requisito establecido en el punto 2.1.e).
Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato pdf, a través de
la sede electrónica.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión.
3.8. Serán motivos de exclusión la falta de abono de los derechos de examen
correspondientes, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los
requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera
del plazo establecido.

5. Comisiones de Selección, desarrollo del concurso, propuesta de provisión y Comisión
de Reclamaciones.
5.1. La composición de las Comisiones de Selección, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 105 de la Ley General de Sanidad, en el apartado 5 del artículo 6
del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (RDCA), y en la NPAUGR, es la que figura
como Anexo III de esta convocatoria. El régimen de sustituciones de sus miembros, la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará una
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en el tablón de anuncios
que el Rectorado tiene designado a tales efectos en el Servicio de Personal Docente e
Investigador (PDI) en C/ Santa Lucía, 8, 18071 Granada, que servirá de notificación a los
interesados, y en la página web de la Universidad (serviciopdi.ugr.es).
4.2. Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante la
Rectora en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación
del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de la exclusión.
Los solicitantes deberán presentar esta reclamación a través de la Sede electrónica,
utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación
provisional de admitidos/as y excluidos/as» disponible en dicha sede.
4.3. Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, la Rectora, en el
plazo máximo de quince días, dictará resolución aprobando la lista definitiva de candidatos
admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra
esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 112
de la LPAC.