Autoridades y personal. . (2023/237-22)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesorado Permanente Laboral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

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5. Comisiones.
5.1. El presente concurso será resuelto por la Comisión constituida al efecto, en la
forma establecida en el artículo 88 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, que se
relacionan en el Anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En estos casos, la apreciación de la
causa alegada corresponderá a este Rectorado.
5.2. La Comisión deberá constituirse en el plazo de los treinta días hábiles siguientes
a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA. En dicho acto, la Comisión
fijará y hará públicos los criterios de evaluación que habrán de regir el concurso, que se
publicarán en el tablón de anuncios del Centro donde se celebren las pruebas. Una copia
de dichos criterios se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Sevilla
y, a título informativo, en la siguiente dirección:
https://docentes.us.es Oferta de Empleo Público – PDI Laboral – Convocatorias, siempre
con anterioridad a la publicación de la resolución que apruebe la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
las comisiones, como órganos colegiados, podrán constituirse y celebrar sesiones, tanto
de forma presencial como a distancia. En las sesiones que se celebren a distancia, los
miembros de las comisiones podrán encontrarse en distintos lugares siempre y cuando
se asegure por medios electrónicos (considerándose también como tales los telefónicos
y audiovisuales), la identidad de los miembros o personas que los suplan, el contenido
de sus manifestaciones y el momento en que éstas se producen. Entre otros, se
considerarán incluidos entre los medios electrónicos válidos, el correo electrónico, las
audioconferencias y las videoconferencias.
5.3. Para la constitución de la comisión, el Presidente deberá citar a todos los
miembros titulares de la misma. En caso de que tenga conocimiento con la suficiente
antelación que alguno de los titulares no podrá asistir al acto de constitución, deberá
comunicarlo al Servicio de Programación Docente para proceder a su correspondiente
sustitución.
5.4. En virtud del artículo 17.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, la Comisión quedará válidamente constituida siempre que
asistan, presencialmente o a distancia, el Presidente, el Secretario y uno al menos de los
vocales. Una vez constituida la Comisión, para las sucesivas actuaciones de la misma, el
Presidente deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de constitución
5.5. Tras la aprobación de la lista defintiva de candidatos admitidos y excluidos, el
Presidente de la Comisión dispondrá de diez días para convocar, mediante una resolución,
a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, indicándose el día,
lugar y hora de su celebración. Esta resolución será notificada a todos los candidatos
admitidos al concurso con una antelación de 10 días naturales a la fecha del acto para el
que son convocados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin de la vía administrativa
y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo
conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o
bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, a tenor de lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administratico Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el
día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contenciosoadministrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta
del de reposición.