Autoridades y personal. . (2023/237-12)
Resolución de 4 diciembre de 2023, de la Presidencia del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 237 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

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6. Si con posterioridad a la formalización del contrato, la persona contratada renunciase al
mismo, podrá formalizarse un nuevo contrato, previa resolución favorable de la Presidencia
del IFAPA, con la persona suplente correspondiente en función de la puntuación otorgada
en el procedimiento de selección, por el tiempo que reste de duración del proyecto o
actividad de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta en todo caso la duración del mismo
a la financiación del Programa, Convenio o Proyecto correspondiente.
7. Se establece un periodo de prueba en el contrato. Durante dicho periodo, se podrá
extinguir el mismo de forma unilateral por el IFAPA, a petición de la Dirección del centro
donde esté ubicado el puesto de trabajo, previa propuesta del Proponente del contrato,
pudiendo formalizarse un nuevo contrato, tras la resolución favorable de la Presidencia
del IFAPA, con la persona suplente correspondiente en función de la puntuación otorgada
en el procedimiento de selección, por el tiempo que reste de duración del proyecto o
actividad de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta en todo caso la duración del
mismo a la financiación del Programa, Convenio o Proyecto correspondiente.
Sexto. Memoria y evaluación de la actividad desarrollada.
Anualmente y a la finalización del contrato, se realizará una evaluación de la actividad
desarrollada por la persona contratada. Las evaluaciones consistirán en la presentación
por parte de la persona contratada de un informe-memoria, que se remitirá al Servicio
de Formación y Transferencia de Tecnología del IFAPA. Esa memoria deberá venir
acompañada de un informe del responsable del proyecto o el proponente de la contratación
evaluando la actividad desarrollada por la persona contratada. La comisión de evaluación
estará constituida por la persona titular de la Coordinación I+D+F, la persona titular de la
Coordinación de las Áreas Temáticas correspondientes, y la persona titular del Servicio
Formación y Transferencia de Tecnología del IFAPA. En caso de no superar la evaluación
anual, se procederá a la extinción del contrato, dentro del mes siguiente a la comunicación
al interesado del resultado de la evaluación por el Servicio correspondiente.
El Servicio Formación y Transferencia de Tecnología del IFAPA propondrá la extinción
del contrato, en función del cumplimiento de las actividades y objetivos previstos en el
proyecto al que se asigna.
En el caso en el que la persona contratada no supere la evaluación anual a la que debe
someterse y una vez extinguido el contrato, se podrá formalizar uno nuevo, tras la resolución
favorable de la Presidencia del IFAPA, con la persona suplente correspondiente en función
de la puntuación otorgada en el procedimiento de selección, por el tiempo que reste de
duración del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta en todo caso
la duración del mismo a la financiación del Programa, Convenio o Proyecto correspondiente.
Séptimo. Financiación.
La financiación de los contratos objeto de esta convocatoria se refleja en el Anexo I.

Noveno. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente
el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al
de la notificación de este acto ante el órgano judicial pertinente, de conformidad con lo
previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 4 de diciembre de 2023.- La Presidenta, Marta Bosquet Aznar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Octavo. Incorporación del personal seleccionado.
En la Resolución de adjudicación del contrato se indicará la fecha de incorporación
de la persona seleccionada, así como la fecha de extinción de su contrato.