Autoridades y personal. . (2023/237-21)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso-oposición público para la adjudicación de plazas de Profesor/a Ayudante Doctor/a.
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Página
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL

Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III
Secretaría General Técnica

BOJA

Número 237 - Miércoles, 13 de diciembre de 2023

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18741/14

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:

Tabla 3. Méritos preferentes
Código
VI

Factor

Tipo de mérito
MÉRITOS PREFERENTES

VI.1.

Estar en posesión de alguna de las titulaciones preferentes de acceso a la plaza. (Véase el
apartado B.3.) (Aplicable a la puntuación total)

1,5
(1,225)

VI.2.

Haber cumplido el período de cuatro años de formación de personal investigador a que se
refiere el art. 64 de la LAU (sólo para las plazas de Ayudante). Aplicable al apartado III.

1,1

VI.3

Número de meses (n) de estancia del candidato en centros de investigación de reconocido
prestigio, españoles o extranjeros distintos de la Universidad de Jaén conforme al art. 50 de
la Ley Orgánica 4/2007 con un factor de ponderación máximo de 1,25 (Solo para las plazas 1 + 0,01 × n
de Ayudante Doctor). Aplicable al apartado III.

VI.4.

Estar acreditado o ser funcionario de los Cuerpos Docentes Universitarios en el área de
conocimiento de la plaza (Aplicable a la puntuación total) – Sólo para plazas de
profesorado Asociado y profesorado Contratado Doctor –

1,2

VI.4.

Estar en posesión de la acreditación de la figura de Ayudante Doctor o figura superior
(Aplicable a la puntuación total) – Sólo para plazas de profesorado Ayudante Doctor –

1,15

VI.5.

Estar en posesión de alguna de las especialidades preferentes de acceso a la plaza.
Aplicable al apartado IV.1 (Solo para el área de Medicina)

1,5

Tabla 4.- Puntuaciones máximas para a cada uno de los apartados del baremo
Ayudante Doctor
I. Formación académica

25 puntos

II. Actividad docente

20 puntos

III. Actividad investigadora

40 puntos

IV. Experiencia profesional

10 puntos

V. Representación, gobierno y gestión universitaria

5 puntos

Observaciones:
[1] En aquellas plazas donde la condición de Doctor o Doctora sea requisito para presentarse a la plaza, solo se valorarán
los méritos correspondientes a los apartados I.5.3, I.5.4 y I.5.5.
[2] Se ponderará en función del nivel del mérito aportado. Se considerará de manera orientativa la tabla de
reconocimiento del Centro de Estudios Avanzados en Lenguas Modernas de la Universidad de Jaén
[3] Reglas aplicables a la valoración:
La docencia alegada deberá ser acreditada mediante certificación expedida por la Secretaría General de la
Universidad o por el Vicerrector u órgano central al que los Estatutos u otras normas propias de cada Universidad
encomienden esa función. Como regla general, no se admitirán las certificaciones o informes expedidos por otros
cargos académicos, como Decanatos, Vicedecanatos, Direcciones, Subdirecciones, Secretarías de Centros o

00293835

1.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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