Autoridades y personal. . (2023/236-40)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

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c) Número de afiliación a la Seguridad Social, en su caso (fotocopia del documento de
afiliación a la S.S.).
d) Datos bancarios.
e) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas.
f) En caso de que haya desempeñado servicios en otra Universidad de las figuras de
Ayudante y Profesor Ayudante Doctor, deberán acreditarlo mediante Hoja de Servicios
expedida por el Área de Profesorado/Recursos Humanos de dicha Universidad, en el
momento de la firma.
g) En el caso de acceso de plaza de reserva de personas con discapacidad la
fotocopia acreditativa.
6.4. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial como se ha
establecido en el apartado 3.2.3.
6.5. Las/os adjudicatarias/os de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber
firmado el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.
Tan sólo una vez formalizada la relación jurídica se iniciará la prestación de servicios
y, por ende, el devengo de las retribuciones asignadas a la plaza adjudicada. No se
admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.
6.6. La/El contratada/o deberá presentarse ante el Director del Departamento y el
Decanato o Dirección del Centro correspondientes e incorporarse a las tareas docentes,
en la fecha de inicio indicada en el contrato. De no incorporarse en la fecha de inicio del
contrato sin causa justificada, a juicio de la Universidad de Huelva, el contrato quedará
sin efecto anulándose todas las actuaciones.
6.7. En el caso de no producirse la firma del contrato o de no incorporarse la persona
contratada a las tareas docentes, en los respectivos plazos indicados en los párrafos
anteriores, se entiende que el interesado renuncia a la plaza. En ambos casos se
procederá al llamamiento de las/os siguientes aspirantes que figuren en la resolución de
la Comisión de Contratación, y conforme a lo establecido en la Normativa de Contratación
de Profesorado de esta Universidad.
7. Duración de los contratos.
7.1. Iniciación.
Los efectos del contrato serán del siguiente día hábil a la firma del contrato.
7.2. Terminación.
La duración del contrato será lo dispuesto en la LOSU.
Las/os aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso, se someten a las
bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopten las Comisiones
de Contratación, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos que fueren pertinentes.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo, según dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.

00293812

Huelva, 5 de diciembre de 2023.- La Rectora, M.ª Antonia Peña Guerrero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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