Autoridades y personal. . (2023/236-40)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

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3. Solicitudes y documentación.
3.1. Presentación.
3.1.1. En el plazo de 10 días hábiles a partir de su publicación, los interesados habrán
de presentar instancia-curriculum (Anexo II), dirigida a la Sra. Rectora Magfca. de la
Universidad de Huelva según modelo normalizado, publicado en la página web
https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante
la totalidad del período de contratación.
2.1. Condiciones y requisitos de carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado. Cuando
el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio
de Educación y Formación Profesional. En caso de candidatas/os con títulos de la Unión
Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de
reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en
el que hubiese sido separado o inhabilitada/o. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitada/o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26
diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
f) Las/os aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones, pudiendo ser
requerido para que lo acredite de forma fehaciente.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. Requisitos específicos.
a) Estar en posesión del título de Doctor. Cuando el título haya sido obtenido en
el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional. En caso de candidatas/os con títulos de la Unión Europea, deberán estar en
posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al
ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
b) No tener agotado el tiempo máximo de desempeño de servicios como profesor en
la categoría de Ayudante Doctor, según el artículo 50 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre.
c) En virtud de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a
las Personas con Discapacidad en Andalucía, según artículo 28 de Empleo Público, para
la cuota de reserva de los puestos de trabajo para personas con discapacidad, se tendrá
que acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
En virtud de la disposición transitoria tercera, será mérito preferente para el Profesorado
Ayudante Doctor, según la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
la acreditación vigente de Profesor/a Ayudante Doctor/a o de la figura equivalente en la
normativa autonómica. El concursante que alegue dicho mérito verá incrementada su
baremación un 15%.