Autoridades y personal. . (2023/236-31)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera de la Junta de Andalucía (A1.2200).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

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Tercera. Participación de personas con discapacidad.
Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales
dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las necesarias
adaptaciones manifestándolo en el apartado «Turno de participación, exenciones al pago
de la tasa y adaptaciones» de su solicitud.
Para ello será necesario:
1. Tener oficialmente reconocida discapacidad igual o superior al 33%.
2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el
que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
La comisión de selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
1.2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación.
1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Licenciatura,
Arquitectura, Ingeniería u otro título equivalente de conformidad con la normativa de
aplicación, o de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real
Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de
homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a
nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones
reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
cuerpo y especialidad a que se aspira.
1.5. No haber sido separada la persona aspirante, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal
funcionario de carrera del cuerpo y especialidad convocado.
En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario
de carrera.
3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su
participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 4 de la base novena y haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo
establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.