Disposiciones generales. . (2023/236-8)
Orden de 5 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables (Línea 2), reguladas en la Orden de 22 de septiembre de 2023, por la que se aprueban sus bases reguladoras, en el ámbito de las competencias de esta Consejería, y se efectúa su convocatoria en el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

página 18707/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 5 de diciembre de 2023, de la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad, por la que se da publicidad al incremento
de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, a entidades privadas sin ánimo de lucro para el
desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el
marco del Plan Corresponsables (Línea 2), reguladas en la Orden de 22 de
septiembre de 2023, por la que se aprueban sus bases reguladoras, en el
ámbito de las competencias de esta Consejería, y se efectúa su convocatoria
en el año 2023.
Mediante Orden de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
de 22 de septiembre de 2023 (BOJA núm. 189, de 2 de octubre de 2023), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación
y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables, en el ámbito de las
competencias de dicha Consejería, y se efectúa su convocatoria en el año 2023, para las
Líneas de subvenciones que en la misma se detallan, entre ellas la Línea 2 Subvenciones
dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, con el importe que a continuación se
especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Denominación de la Línea
Partidas presupuestarias
Línea 2. Subvenciones dirigidas a Entidades
Privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo
de proyectos en materia de Conciliación y 1800180000 G/32E/48500/S0717
Corresponsabilidad en el marco del Plan
Corresponsables.

Cuantía máxima (euros)
3.159.075,00

No obstante, la referida Orden de 22 de septiembre de 2023, recoge en su dispositivo
segundo, que los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán
una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento
del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de
4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión
de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. La declaración de
créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no
implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio
de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.
Una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a la convocatoria de esta
línea de subvenciones, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto
de incrementar la dotación presupuestaria destinada a las solicitudes que reúnan los
requisitos exigidos en la normativa aplicable.

DISPONGO
Primero. Dar publicidad en los mismos medios que la convocatoria, al incremento
de crédito disponible por un aumento sobrevenido de 300.235,46 euros, con cargo a la
partida presupuestaria 1800180000 G/32E/48500/S0717, en la Línea 2 Subvenciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00293795

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010,
de 4 de mayo, y en el dispositivo segundo de la Orden de 22 de septiembre de 2023,