Disposiciones generales. . (2023/236-4)
Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

Boletín Oficial
ANEXO Ide
I y IIIla Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

ORGANISMO:

Hoja 2 de
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d) No podrán obtener ayudas las actuaciones que no garanticen el pleno cumplimiento del principio de «no causar
un perjuicio significativo» (principio Do No Significant Harm-DNSH) establecido en el Reglamento (UE) 2020/852
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia, en todas las fases del diseño y ejecución de los proyectos y de manera individual
para cada actuación, y de acuerdo a la guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01), así
como la «Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del
Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01)», («Guía técnica de la Comisión Europea») y la adaptación a la misma realizada por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico.
En concreto, se dará cumplimiento a los objetivos climáticos y ambientales, 40 % y 100 % respectivamente, de la
Unión Europea según su asignación al campo de intervención 041bis definido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y de Consejo, de 12 de
febrero de 2021.
Para ello, preverán mecanismos de verificación del cumplimiento del principio DNSH y medidas correctoras para
asegurar su implementación y se asegurarán del reintegro de las cuantías percibidas por las personas o entidades
beneficiarias en el caso de incumplimiento del principio DNSH y el etiquetado climático, cumpliendo, entre otras,
las siguientes condiciones:
i. En la ejecución de las actuaciones se garantizará que al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo a los materiales de origen natural referidos en la categoría 17 05 04
de la Lista Europea de Residuos establecida por la Decisión 2000/532/CE) generados en las obras de construcción
se reutilizará, reciclará o recuperará, incluyendo actuaciones de relleno con residuos en sustitución de otros
materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición de la UE.
ii. Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos de construcción y demolición, de acuerdo
con el Protocolo de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición de la UE, contemplando las mejores técnicas
disponibles y empleando demoliciones selectivas que permitan separar y manipular de forma segura las sustancias
peligrosas y que faciliten la reutilización y reciclado de alta calidad mediante la separación selectiva de los
materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para los residuos de construcción y demolición.
iii. El proyecto y las técnicas de construcción serán compatibles con la circularidad y mostrarán, con referencia
a la ISO 20887 u otras normas de evaluación de la adaptabilidad de las construcciones, cómo se han diseñado para
ser más eficientes con los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el re ciclado.
iv. Las emisiones a la atmósfera por cogeneración serán iguales o menores a los niveles de emisión asociados con
las mejores técnicas disponibles.
v. Los lodos de depuradora se gestionarán o utilizarán, incluida la digestión anaeróbica y la aplicación a la
tierra, de conformidad con la Directiva del Consejo 86/278/CEE y la legislación nacional.
2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
Sí.

x

No.

2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones.

x

No.

Sí. Número:
Solo se puede optar a una de ellas.
Es posible optar a las siguientes subvenciones:
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo, se
entenderá que han optado por:
2.d) Ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad:

x

La Comunidad Autónoma Andaluza.
La provincia:
Otro ámbito territorial:

00293761

Otro ámbito funcional:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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