Disposiciones generales. . (2023/236-4)
Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000 habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Martes, 12 de diciembre de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El agua es uno de los recursos básicos y esenciales para la vida, así como para el
mantenimiento de los ecosistemas del planeta, y también es un componente estratégico
de nuestra economía.
La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía. en su artículo 50 apartado 1.c) establece que en materia de aguas que
transcurran íntegramente por Andalucía le corresponde a la Comunidad Autónoma de
Andalucía la competencia exclusiva sobre la participación de los usuarios, la garantía
del suministro, la regulación parcelaria y las obras de transformación, modernización y
consolidación de regadíos y para el ahorro y uso eficiente del agua.
La realidad es que, en plena sociedad del conocimiento, no se dispone de información
completa sobre el uso del agua, así como sobre las pérdidas de agua que se producen
en las redes de distribución por fugas, roturas o filtraciones.
El control y la correcta gestión del uso del agua en España es un desafío constante,
en el que las distintas administraciones trabajan de manera coordinada para su correcta
gestión. La Administración General del Estado ha puesto en marcha un PERTE
«Digitalización del ciclo del agua», aprobado en el Consejo de Ministros del 22 de marzo
de 2022, que impulsa el uso de las nuevas tecnologías de la información en el ciclo
integral del agua, para mejorar su gestión, aumentar su eficiencia, reducir las pérdidas
en las redes de suministro y avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales
marcados por la planificación hidrológica y las normativas internacionales. El principal
objetivo de estas subvenciones es avanzar en la protección del medio ambiente, la
mejora de la gestión de los recursos hídricos y la lucha contra el cambio climático y el
reto demográfico.
De conformidad con el reparto constitucional de competencias, el abastecimiento de
agua potable a domicilio corresponde al municipio. Debido a la naturaleza y tamaño de
las inversiones a realizar en pequeños y medianos municipios, éstas no suelen aparecer
como medidas concretas en los programas de la planificación hidrológica, y al no existir
esta referencia, se ha optado por parte del Estado por establecer un reparto a través
de las Comunidades Autónomas para la distribución territorial de los créditos de los
proyectos financiables.
La Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos
y Transformación Digital publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril
de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR). Las actuaciones que son objeto de la presente orden están reguladas por dicho
Plan y se corresponden con la Inversión núm. 3 denominada «Transición digital en el
sector del agua» formando parte del Componente 5 «Preservación del litoral y recursos
hídricos» y ubicadas dentro de un conjunto de actuaciones destinadas al fomento de la
digitalización de las distinta administraciones y en especial, la del ciclo urbano del agua
en los municipios menores de 20.000 habitantes, en relación con los usuarios del agua
de abastecimiento.
La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, en su reunión de 20 de junio de
2022, aprobó la primera fase del reparto de fondos a las Comunidades Autónomas del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 30 de noviembre de 2023, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para el fomento de la digitalización del control de los usos del
agua urbana en redes de abastecimientos de municipios menores de 20.000
habitantes en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.