Autoridades y personal. . (2023/234-33)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Ayudante Doctor, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Jueves, 7 de diciembre de 2023

página 18590/6

- Rector o persona en quien delegue.
- Director/a de Departamento en el que se haya de realizar sus actividades la persona
elegida o miembro del profesorado del ámbito de conocimiento implicada en quien
delegue.
- Decano/a o Director/a del Centro o persona en quien delegue.
- Seis miembros del profesorado doctor con vinculación permanente, de los cuales
uno de ellos tendrá vinculación contractual con la Universidad.
Asimismo, asistirán a la Comisión de Contratación, con voz, pero sin voto, alguno/a de
los/as Directores/as de Secretariado dependientes del Vicerrectorado competente como
Secretario/a de la Comisión, y un/a funcionario/a del Área de Personal como Secretario/a
Técnico/a.
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en el
enlace https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en
todo caso, en los dos días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento,
quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros,
requiriéndose, en todo caso, la presencia de Presidente/a y Secretario/a.
6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración de los contratos de trabajo es la indicada para cada plaza en el Anexo I.
6.2. Las funciones a realizar por el profesorado contratado podrán ser las de
docencia, investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo
designado por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de
sus necesidades.
7. Retribuciones.
Las retribuciones anuales son las establecidas en la normativa vigente.

9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la
firma del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en
posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así
como de los méritos alegados en el concurso.
9.2. En caso de que ésta no presentara los documentos requeridos por la Comisión
de Contratación en el plazo de diez días o que los mismos no concuerden con las copias
presentadas, quedará sin efecto la resolución del concurso a su favor, sin perjuicio de las
responsabilidades de todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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8. Resolución del concurso público.
8.1. Una vez valorados los méritos alegados por las personas aspirantes, la Comisión
de Contratación hará pública en la web del Área de Personal el acuerdo de la reunión de
la misma.
8.2. La publicación del acuerdo tendrá lugar al día siguiente de la celebración de
la sesión de la Comisión. Cuando el número de plazas convocadas así lo aconseje y
a criterio del Vicerrectorado competente, el plazo de publicación del acuerdo podrá
establecerse en un máximo de cuatro días.
8.3. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrá interponerse recurso
de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar
desde la fecha de publicación de la misma.